Unas 158 empresas, entre las que se encuentran Odebrecht, Graña y Montero, Telefónica del Perú, Latam Airlines, Buenaventura y Southern Perú, dejarían de pagar 9.256 millones de soles en deudas tributarias al Estado, si el Tribunal Constitucional dice que el Decreto Legislativo Nº 1421 va contra las normas constitucionales.
Un segundo después de que se emita y notifique la sentencia del TC desaparece la posibilidad de cobrar 3.200 millones en deudas tributarias, que hoy se encuentran en litigio. En los siguientes días, semanas y meses ocurrirá lo mismo con otros 6.047 millones de soles.
Esto puede ser solo el comienzo. El monto inicial, cuando comenzó este debate, se estableció en 11 mil millones de soles, pero durante este tiempo algunas deudas ya se cobraron y otras igual se perdieron, sin la intervención del organismo constitucional.
Es así que las empresas beneficiarias no están luchando en el TC, no han presentado abogados ni peritajes, ni han salido a explicar a la opinión pública de qué se trata y, supuestamente, tampoco están gastado un sol.
Pese a todo, el magistrado Ernesto Blume ya presentó un proyecto de sentencia que, detrás de una serie de tecnicismos legales, en el fondo supone declarar prescrita la posibilidad del Estado de reclamar ese dinero.
Según la ponencia de Blume, la Sunat solo dispone de cuatro años para detectar una infracción tributaria, establecer la deuda y cobrarla. Transcurrido ese plazo, ya no puede reclamar nada y cualquier deuda desaparece.
La administración tributaria señala que siempre ha contado con 4 años para detectar una infracción y, a partir de ese momento, otros cuatro años para establecer la deuda y cobrar. Es decir, un plazo total que va de 4 años y 1 día hasta los ocho años, lo que se precisó en la norma del 2017.
El TC debe definir cuál posición es la correcta. La presidenta del TC, Marianella Ledesma, ha convocado a una audiencia pública, el martes 22 de septiembre, a fin de tomar una decisión.
La República ha tenido acceso a un listado actualizado de las deudas por cobrar de la Sunat, a partir de un pedido de información que presentó el congresista del Frente Amplio Lenin Bazán Villanueva.
La lista de principales beneficiarios la encabeza la compañía minera Buenaventura, del empresario Roque Benavides Ganoza, que ya ha planteado la prescripción de una deuda por 2.083 millones de soles.
Otra gran empresa que han planteado la prescripción de sus deudas es Telefónica del Perú por 301 millones de soles, con una deuda adicional por otros 57 millones; esperando entrar en el paquete, haría un total de 358 millones.
La aerolínea de capitales chilenos Latam busca dejar de pagar 351 mil millones, de los cuales ya reclamó sobre 332 millones y tiene en expectativa otros 18 millones. Supermercados Peruanos tiene deudas por 138 millones, que pueden prescribir, de los cuales ya reclamó respecto de 33 millones y podría agregar 104 millones más.
En tanto, las constructoras Graña y Montero y la brasileña Odebrecht, involucradas en el caso Lava Jato, tienen deudas en reclamo por 62 millones y algo más, cada una, que verían desaparecer con el fallo del TC.
Otras empresas como Scotiabank Perú, Las Bambas y Sociedad Cerro Verde también permanecen a la expectativa, listas para invocar la sentencia. Scotiabank tiene reclamos tributarios por 1.076 millones, Las Bambas por 698 millones y Cerro Verde por 542 millones de soles.
En la relación de empresas que se ampararían en el plazo de prescripción también aparecen Media Networks Latin America con 37 millones de soles, Natura Cosméticos con 19 millones y el Banco Pichincha con 32 millones de soles.
Igualmente, aparecen en la relación las universidades Inca Garcilaso de la Vega con 76 millones, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas con 128 millones y la Tecnológica del Perú con 71 millones. Además del Instituto y la Universidad San Ignacio de Loyola con 47 millones y 28 millones, respectivamente.
Deudas que desaparecerán con la sentencia del TC.
El abogado Fernando Meléndez señaló que, si bien se trata de montos importantes, no es un dinero que ya esté por ser cobrado, sino que se trata de deudas que están en litigio, en reclamo, y que la Sunat tiene expectativa de cobrar. “Puede que las empresas tengan razón en sus reclamos y no paguen nada”, precisó.
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Explicó que la Sunat tiene cuatro largos años para fiscalizar y determinar una deuda, y que este plazo aumente hasta ocho años es una exageración que perjudica a los contribuyentes.
Sobre la demanda de inconstitucionalidad, Fernández señala que la primera disposición complementaria transitoria del decreto legislativo 1433 es de carácter retroactivo que tiene como efecto revertir deudas cuya prescripción de cobro ya era un hecho cumplido y consumado, conforme a la legislación vigente.
Añade que el sector empresarial aplaudió la decisión del Poder Ejecutivo de utilizar las facultades delegadas otorgadas por el Congreso para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, pero es “importante que las normas deben contribuir a un ordenamiento jurídico claro de tal manera que se respete la seguridad jurídica de todos los que participan en el sistema tributario, especialmente de los contribuyentes”.
9.256.970.935 Este es el monto actualizado al 14 de setiembre de las deudas que el Estado ya no podrá reclamar si el máximo órgano constitucional falla a favor de los empresarios.
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