Cargando...
Política

Rechazo de la confianza facultaría al Gobierno a disolver el Congreso

Respuesta del Ejecutivo bajo la lupa. Abogados constitucionalistas coinciden en que el Congreso es autónomo en sus decisiones, pero no en que si la medida del Gobierno frenará el cuestionado proceso de elección de miembros del Tribunal Constitucional.

larepublica.pe
Hulk smash

Por: Diego Quispe Sanchez

La cuestión de confianza, que el lunes presentará el Gobierno para modificar la forma en que se realiza la elección de magistrados al Tribunal Constitucional, ha generado nuevamente un debate jurídico sobre la constitucionalidad de esta medida.

Como se sabe, el Congreso es la institución que elige a los jueces del TC; pero la manera en cómo definieron la lista de sus candidatos a magistrados el 18 de setiembre ocasionó un nuevo conflicto político.

Las consecuencias se vieron reflejadas ayer, cuando el presidente Martín Vizcarra anunció pedir la confianza para su gabinete a cambio de reestructurar el proceso de renovación del TC. Según los constitucionalistas consultados por La República, aún no es claro si el presidente Martín Vizcarra presentará un proyecto de ley de reforma constitucional o una iniciativa de ley para modificar la Ley Orgánica del TC.

La primera opción necesitaría ser aprobada en dos legislaturas extraordinarias con 87 votos en cada una; y la segunda, al tratarse de una ley ordinaria, solo de la mayoría simple de votos en el pleno del Congreso.

La disyuntiva comienza ante un eventual rechazo de la moción del Gobierno, pues eso ocasionaría que el gabinete de Salvador del Solar entre en crisis y facultaría al presidente Vizcarra para cerrar el Congreso. De ser así, quedaría en función la Comisión Permanente.

O en otro escenario, el Parlamento, antes de brindar o rechazar la confianza, discutiría si esta es constitucional o no y si es aplicable para el actual proceso de elección de magistrados.

La palabra

“El TC debe ser autónomo”

César Landa Arroyo, expresidente del TC

El presidente de la República emitió un pronunciamiento en relación al archivamiento del proyecto de ley de adelanto de elecciones y a la luz de las demandas ciudadanas. El Poder Ejecutivo ha asumido esta decisión tratando de cautelar la independencia e imparcialidad que debe garantizar el estado de derecho en la función que cumple el Tribunal Constitucional (TC), en vista que en el Congreso, simultáneamente se designaron un conjunto de candidatos afines a los grupos de oposición del Parlamento, a efectos de que sean nominados como magistrados del TC. En ese sentido corresponde al presidente Martín Vizcarra velar por el respeto de la Constitución y a la institucionalidad. Por lo cual ha anunciado plantear reformas a la ley orgánica del Tribunal Constitucional para garantizar la independencia y neutralidad. El Parlamento las deberá de discutir. ¿Da para cuestión para confianza? Sí. Y le corresponde plantearla al primer ministro.

“Queremos un Tribunal íntegro”

Óscar Urviola Hani, expresidente del TC

Millones de peruanos estamos muy preocupados e interesados en que este proceso de reemplazo de los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) sea exitoso. Sobre la cuestión de confianza anunciada por el presidente Vizcarra, debo hacer una precisión: no podemos afirmar si es constitucional o no porque no ha mencionado cuál es su propuesta para variar el sistema de elección de magistrados. Si busca cambiar el organismo que elija a los miembros del TC, sería una reforma constitucional y tendría que verla el Congreso. Y si está referida a solo modificar la ley orgánica, también es competencia del Parlamento. Suponiendo que el Congreso acepta la modificación, esa ley no se puede aplicar al actual proceso. No obstante, cuando la confianza es rechazada, el gabinete se va, se mantiene la Comisión Permanente (luego de cerrarse el Parlamento), se elige a congresistas para este periodo. Pero eso no mejora la situación. Es un escenario complicado.

“Ejecutivo pretende interferir”

Víctor García Toma, expresidente del TC

La cuestión de confianza se trata de una interferencia de la presidencia. El único ente que puede encargarse del proceso de selección y nombramiento de los magistrados es el Parlamento. Lo hace, además, al amparo de la Constitución y su reglamento. Dos puntos: si presentan un nuevo proyecto de ley, tiene validez constitucional y va a seguir el mismo trámite con el que se llevaron los procesos anteriores. Es decir, irá a la Comisión de Constitución. Allí se elaborará un dictamen y si es favorable irá al Pleno. Si es desfavorable irá al archivo. Si se plantea cuestión de confianza sobre el proceso de elección de magistrados, va a ser rechazada de plano, el Parlamento no se va a pronunciar ni a favor ni en contra. La va a declarar inconstitucional. No la discutirá. Decidirá con autonomía. Sabemos que en las normas procesales, una vez iniciado el proceso, no pueden ser alteradas. Los cambios recién serán válidos para la siguiente convocatoria de candidatos al TC.

“Cuestión de confianza impráctica”

Luciano López Flores, constitucionalista

El presidente dijo textualmente que va a plantear cuestión de confianza para que se cambien las reglas de elección de magistrados del Tribunal Constitucional (TC). No ha dicho cómo o qué reglas propone cambiar. En la elección del TC, prevista en la Constitución, cuenta con que el Parlamento sea el encargado de elegirlos y la ley orgánica del TC establece los procedimientos. El presidente no ha especificado, ¿Pretende cambiar las reglas para que el Parlamento no sea quien elija o se está refiriendo a las reglas de procedimiento? No veo que sea un problema de procedimiento sino de voluntad política. Estamos en octubre del 2019. En el supuesto que le nieguen la confianza y se disuelva el Congreso, ¿se va a elegir a un nuevo Parlamento para que esté solo 10 meses? Ahí enfrentas problemas prácticos en el que lo jurídicamente posible no lo es en lo político. No hay ninguna disposición legal para que se paralice la elección del TC el lunes.

“Cuestión de confianza es procedente”

Omar Cairo Roldán, constitucionalista

El presidente anunció que presentará un proyecto de modificación de la norma que regula la elección de los miembros del TC, y que el primer ministro planteará cuestión de confianza respecto de la solicitud de aprobación de dicho proyecto. Esta cuestión de confianza es procedente, porque el TC (F.J. 60 de la STC Nº 0006-2018-PI/TC) ha reconocido que esta puede plantearse por proyectos de ley. Si el Congreso no aprueba el proyecto, el gabinete cesará en sus funciones (Arts. 132 y 133 de la Constitución). Se trataría del segundo gabinete que cesa por decisión del Congreso 2016-2021. Por tanto, el presidente estará habilitado para disolver el Congreso (Art. 134 de la Constitución). Si el presidente indica que su proyecto tiene carácter de urgencia, en virtud del Art. 105 de la Constitución, el Congreso estará obligado a tramitarlo con prioridad frente a cualquier otro asunto (incluido el actual proceso de elección de magistrados del TC).

“El Ejecutivo retoma la iniciativa”

Pedro Grandez Castro, constitucionalista

Con este anuncio (el de la cuestión de confianza), el Ejecutivo retoma la iniciativa, luego de que el Congreso archivara el pedido de adelanto de elecciones. El anuncio deja así abierta la posibilidad de que el Congreso reunido el próximo lunes 30 de setiembre elija de todos modos a los miembros del Tribunal Constitucional cuyos mandatos se encuentran vencidos. Se tratará de una elección bajo reglas vigentes, aunque cuestionadas incluso respecto de su validez jurídica. Conforme al Pacto de San José (artículo 23), los puestos de la función pública de los estados firmantes de la convención deben estar abiertos sin distinción para todos los ciudadanos que cumplan los requisitos de ley, sin más limitaciones que las que provenga del mérito o la edad, requisitos que no son los que se contemplan en la limitación del mecanismo de la selección por “invitación”. La República y sus instituciones están en riesgo si el Parlamento insiste en copar el Tribunal Constitucional.