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México: Prohíben incineración de personas fallecidas por coronavirus

La ley “prohíbe la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad".

Coronavirus México
El 18 de marzo se registró la primera muerte de un paciente con coronavirus en México. (Foto: Times)

El Gobierno de México prohibió este viernes 17 de abril la incineración de personas fallecidas por COVID-19, estén o no identificados, a través de acuerdo firmado por las secretarías de Salud y de Gobernación.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo “prohíbe la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”.

Además, sugirió tomar “medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria”.

El acuerdo toma como principal referencia la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGMDFP).

Esta ley establece “que los cadáveres o restos de personas cuya identidad se desconozca o no hayan sido reclamados, no pueden ser incinerados, destruidos o desintegrados, ni disponerse de sus pertenencias”.

Además de que la Organización Mundial de la Salud "no obliga a la incineración en el marco de la pandemia de enfermedad generada por el coronavirus.

Las autoridades señalaron que en el caso de cuerpos plenamente identificados “con sospecha o confirmación de la enfermedad causada por la COVID-19 y que se decida no incinerar, se deben destinar tumbas individuales o fosas específicas, separadas de muertes por otras causas”.

El subsecretario mexicano de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, expresó en conferencia que la incineración y la disposición final de los restos humanos “no forma parte del proceso de vigilancia” de la pandemia.

Explicó que el manejo de cuerpos es parte de la atención médica y que la responsabilidad de todo el tema funerario es responsabilidad estatal y que “las familias son libres de decidir cuál es el mecanismo que quisieran para los servicios finales de sus familiares que pierdan la vida”.

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