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Judicialidad

Nueve meses de prisión preventiva para investigada de explotar laboralmente a dos adolescentes en Guadalupe

La Corte de La Libertad aprobó la prisión preventiva de Irigoin, quien permanecerá en el penal de mujeres hasta noviembre de 2025, siendo el delito penado con hasta 20 años de prisión.

La intervención policial en un bar de Guadalupe reveló la presencia de dos adolescentes sin documentos. Fuente: Difusión.
La intervención policial en un bar de Guadalupe reveló la presencia de dos adolescentes sin documentos. Fuente: Difusión.

El magistrado del Juzgado de Investigación Preparatoria de Pacasmayo, Hilmer Barboza Hernández, dispuso el internamiento de Gloria Irigoin Vásquez, por un periodo de nueve meses hasta que inicie su juicio oral, tras ser investigada por la comisión del delito contra la dignidad humana, en la modalidad de trata de personas con fines de explotación laboral.

Personal policial de la comisaría de Ciudad de Dios en el distrito de Guadalupe que realizaba un operativo de control de identidad en diferentes locales de la zona, ingresó a un conocido bar y encontró a dos adolescentes que no contaban con documento de identidad y que trabajaban en dicho establecimiento.

Luego de tomar conocimiento que presuntamente dichas menores de edad habrían sido contratadas por la encargada del bar identificada como Gloria Irigoin, los efectivos policiales la detuvieron y trasladaron a la comisaría para las diligencias respectivas.

Además, en audiencia se dio a conocer que las adolescentes trabajarían no solo como meseras, sino que también acompañaban a los clientes a libar licor, recibiendo una compensación extra por cada botella consumida.

Tras analizar los elementos de convicción, el juez de la Corte de La Libertad declaró fundado el pedido de prisión preventiva contra Gloria Irigoin, y ordenó el inmediato traslado de la imputada al penal de mujeres, en donde permanecerá internada hasta noviembre de 2025.

El delito contra la dignidad humana, en la modalidad de trata de personas con fines de explotación laboral, se encuentra tipificada en el artículo 129º del Código Penal peruano y sanciona con penas de hasta veinte años de pena privativa de la libertad efectiva, a quien lo comete.

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