
La digitalización de los servicios tributarios en el Perú entra en una nueva etapa. A partir de la Resolución de Superintendencia N.° 121-2026/SUNAT, más de 11 millones de personas con Registro Único de Contribuyentes (RUC) deberán actualizar o confirmar información clave antes del 31 de agosto de 2026, en un contexto de mayor uso de los servicios tributarios digitales y de nuevas medidas para reforzar la verificación de identidad de los contribuyentes.
La medida incorpora como requisito obligatorio el registro y validación de un correo electrónico y un número de teléfono celular, que pasarán a ser los canales oficiales de comunicación entre la Sunat y los contribuyentes. Además, ambos datos serán utilizados para los procesos de verificación de identidad en los servicios digitales de la administración tributaria, por lo que mantenerlos actualizados será un requisito para realizar diversos trámites por internet.
Otro de los cambios relevantes es el fortalecimiento de los mecanismos de autenticación para acceder a la Clave SOL. Antes de generar o recuperar las credenciales será necesario validar el correo electrónico y el número de celular mediante códigos de verificación, con el objetivo de reducir los riesgos de fraude y suplantación de identidad.
Asimismo, la resolución incorpora nuevos formularios virtuales en Sunat Virtual que permitirán a las personas naturales cambiar su condición de sin negocio a con negocio, o viceversa, eliminando la necesidad de acudir presencialmente a un centro de servicios.
Este mismo procedimiento integrado estará disponible para quienes inicien actividades económicas o comerciales como independientes. En una sola gestión digital, los usuarios podrán modificar su condición tributaria, actualizar su información general y, cuando corresponda, tramitar la baja de los comprobantes de pago físicos que no hayan sido utilizados.
Las modificaciones introducidas por la resolución se suman a las obligaciones previstas en el Código Tributario respecto al Registro Único de Contribuyentes. Además de inscribirse en el RUC, los contribuyentes deben comunicar oportunamente cualquier cambio relacionado con el domicilio fiscal, la actividad económica, los establecimientos anexos y demás información registrada ante la administración tributaria, dentro de los plazos establecidos por la Sunat.
El incumplimiento de estas obligaciones puede configurar una infracción tributaria sancionable con multas cuyo monto varía según el régimen tributario y el tipo de contribuyente, pudiendo superar una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). La legislación también contempla un régimen de gradualidad para quienes regularicen la infracción en las condiciones previstas por la administración tributaria.
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Mantener la información del RUC actualizada también facilita la realización de diversos procedimientos administrativos. Este registro es utilizado para identificar a personas naturales y empresas en trámites como la modificación del régimen tributario, solicitudes de devolución, fraccionamientos, inscripción de establecimientos anexos, actualización de actividades económicas y otros servicios disponibles mediante Sunat Operaciones en Línea (SOL).
En los últimos años, la Sunat ha incrementado el número de procedimientos que pueden realizarse por canales digitales, por lo que la información registrada en el RUC adquiere un papel cada vez más relevante para acceder a esos servicios y mantener la comunicación entre la administración tributaria y los contribuyentes.
Con la entrada en vigor de estas disposiciones, la actualización del RUC deja de ser un procedimiento meramente administrativo y adquiere un mayor impacto para los contribuyentes. Además de facilitar el acceso a los servicios digitales, el cumplimiento oportuno de esta obligación permitirá reducir el riesgo de infracciones, multas y retrasos en los procedimientos que dependen de la información registrada ante la Sunat.





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