
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) establece que el beneficio del fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias puede perderse en dos situaciones específicas. En primer lugar, si el contribuyente incumple con el pago de dos cuotas consecutivas del fraccionamiento o aplazamiento, este puede quedar fuera del beneficio, lo que genera el reinicio de las acciones coactivas por parte de Sunat.
Otro caso en el que se pierde el beneficio es cuando se realiza un pago incompleto de la última cuota dentro del plazo establecido. Aunque el contribuyente cumpla con los pagos anteriores, el incumplimiento total o parcial de la última cuota es motivo suficiente para anular el fraccionamiento o aplazamiento de deuda tributaria, lo que también podría resultar en la exigibilidad inmediata de la deuda completa por parte de Sunat a través de la acción señalada en el párrafo precedente.
Según la información de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), existen dos causales por las que te pueden cancelar el fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias, a saber:
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ofrece dos opciones para el pago de deudas tributarias: el fraccionamiento y el aplazamiento. El fraccionamiento permite que el monto total de la deuda se pague en cuotas mensuales, con un plazo de hasta 72 meses, dependiendo del monto adeudado. En cambio, el aplazamiento brinda la posibilidad de posponer el pago completo de la deuda por un máximo de 6 meses. También se puede optar por combinar ambas modalidades, comenzando con el aplazamiento y luego fraccionando el saldo pendiente en cuotas.
Para poder acceder al fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias en 2025, los contribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por Sunat. Estos incluyen haber presentado todas las declaraciones juradas relacionadas con las deudas a fraccionar o aplazar, no estar en procesos de liquidación judicial o extrajudicial, y no tener saldos pendientes en cuentas de detracciones, entre otros.
Para solicitar fraccionamiento o aplazamiento de deuda tributaria, debes tener en cuenta los siguientes pasos, conforme a lo señalado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat):
Una vez completado el proceso, Sunat tiene hasta 30 días hábiles para responder a través del buzón electrónico de SOL con una resolución, que, en caso de ser aprobatoria, incluirá el cronograma de pagos correspondiente.
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