
Cada mes, los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) contribuyen con un porcentaje de su salario para formar un fondo que les garantice una pensión en su etapa de jubilación. El empleador es el responsable de retener y transferir estos aportes a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) correspondiente. Sin embargo, en algunos casos, el dinero no llega a ser registrado en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) del afiliado, lo que podría afectar el monto acumulado para su retiro.
Por esta razón, es fundamental revisar periódicamente el estado de cuenta, donde se detallan los depósitos efectuados y la rentabilidad generada por la AFP. Este documento permite verificar si los aportes han sido registrados correctamente y evaluar el crecimiento del fondo a lo largo del tiempo. Según datos históricos, en los últimos 30 años, el SPP ha ofrecido una rentabilidad nominal promedio del 10% anual, lo que ha contribuido a la acumulación de los ahorros previsionales de los afiliados.
La Asociación de AFP (AAFP) informó que la forma más sencilla de comprobar si un empleador realiza los depósitos de los aportes previsionales es revisar el estado de cuenta de la AFP mensualmente y compararlo con el detalle de las boletas de pago entregadas en el centro de trabajo.
“La manera más sencilla de verificar si tu empleador cumple con depositar tus aportes es revisar el estado de cuenta de tu AFP todos los meses y comparar esa información con el detalle de las boletas de pago del lugar donde trabajas”, remarcó.
Para efectuar esta verificación, los afiliados pueden ingresar a la página web de su AFP correspondiente, ya sea AFP Hábitat, AFP Integra, Prima AFP o Profuturo AFP. Asimismo, también tienen la opción de acceder a esta información mediante las aplicaciones móviles de cada administradora.
Si se detecta que no se han realizado los depósitos, es necesario contactar de inmediato a la AFP para que esta pueda iniciar el proceso de cobranza al empleador. Dependiendo del caso, la recuperación de los aportes puede efectuarse por la vía administrativa o judicial, lo que incluye desde notificaciones formales hasta medidas legales como embargos o denuncias penales.
Cabe destacar que los fondos acumulados en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) son intangibles e inembargables, lo que significa que no pueden ser objeto de retenciones o descuentos, garantizando la seguridad del ahorro previsional de los afiliados.
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