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Economía

Lista 21 oficial del Fonavi: herederos de fonavistas si pueden cobrar en el Banco de la Nación

Los herederos de fonavistas fallecidos pueden acceder a los aportes pendientes mediante el Banco de la Nación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Ad Hoc del Fonavi.

El pago de la lista 21 del Fonavi se dio en diciembre de 2024, beneficiando a miles de exaportantes. Foto: Lr
El pago de la lista 21 del Fonavi se dio en diciembre de 2024, beneficiando a miles de exaportantes. Foto: Lr | LR

La reciente publicación de la Lista 21 del Fonavi ha traído consigo nuevas oportunidades para los familiares de fonavistas fallecidos. Este grupo, compuesto por miles de beneficiarios, incluye tanto a exaportantes como a sus herederos, quienes pueden reclamar los aportes acumulados en el desaparecido Fondo Nacional de Vivienda. Para ello, se ha establecido un proceso claro que permite a los familiares acceder a los fondos sin necesidad de un testamento o sucesión intestada.

El pago se realiza exclusivamente a través del Banco de la Nación, que ha habilitado más de 560 agencias en todo el país para atender a los beneficiarios. La Comisión Ad Hoc ha reiterado que el trámite es completamente gratuito y no requiere de intermediarios, asegurando un proceso transparente y accesible para todos los interesados.

¿Quiénes pueden cobrar como herederos en la Lista 21 del Fonavi?

Los familiares de un fonavista fallecido tienen derecho a acceder a los aportes siempre que cumplan con el orden de prelación establecido por la Comisión Ad Hoc. Este orden prioriza a:

  1. Cónyuges o convivientes.
  2. Hijos.
  3. Padres.
  4. Hermanos.
  5. Beneficiarios mencionados en testamentos o sucesiones intestadas.

Es importante destacar que la inclusión en este orden no exime del cumplimiento de requisitos documentarios específicos, como la presentación de partidas de nacimiento, matrimonio o defunción, según corresponda al vínculo con el fonavista fallecido.

Documentos necesarios para que los familiares accedan al cobro en el Banco de la Nación

El proceso para reclamar los aportes requiere presentar la siguiente documentación en cualquier agencia del Banco de la Nación:

  • Partida de defunción del fonavista fallecido.
  • DNI físico del solicitante.
  • Documentos específicos según el vínculo:
  • Cónyuge o conviviente: Partida de matrimonio o constancia de unión de hecho.
  • Hijos: Partida de nacimiento.
  • Padres: Partida de nacimiento del fonavista fallecido.
  • Hermanos: Partidas de nacimiento del solicitante y del fonavista fallecido.

Además, se deberá firmar una declaración jurada que certifique la condición de heredero y la relación con el exaportante. Este documento es proporcionado directamente en las agencias del Banco de la Nación.

Requisitos y pasos para verificar si un fonavista fallecido está en el padrón

Antes de iniciar el trámite, los herederos deben verificar si el fonavista fallecido figura en las listas oficiales del Fonavi. Este paso puede realizarse a través del portal web de la Secretaría Técnica del Fonavi siguiendo estos pasos:

  1. Ingresar al portal oficial de la Secretaría Técnica.
  2. Seleccionar la opción: “Consulte AQUÍ si es parte del segundo grupo, reintegro - agosto 2024”.
  3. Elegir el tipo de documento (DNI u otro) y digitar el número correspondiente.
  4. Completar el código captcha y presionar “Consultar”.

Si el nombre del fonavista aparece en el padrón, los herederos pueden proceder con la presentación de la documentación requerida en el Banco de la Nación. Es fundamental llevar todos los documentos solicitados para evitar demoras en el proceso.

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