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Economía

Este es el plazo para que el Gobierno publique el reglamento y se pueda liberar la CTS: conoce las fechas probables

Una vez publicado el reglamento por el Ministerio de Trabajo, los trabajadores podrán iniciar el proceso para retirar el 100% de su CTS.

CTS
La libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), una vez aprobada, estará habilitada hasta el 31 de diciembre de 2024. Foto: Andina

El pasado 17 de mayo, el Ejecutivo aprobó la ley que autoriza el retiro del 100% de la CTS. Esta medida permitirá a millones de peruanos acceder a sus fondos de contingencia en situaciones de desempleo. Para que esto se haga efectivo, el Ministerio de Trabajo debe emitir el reglamento correspondiente. Es importante destacar que, según la ley, esta entidad tiene hasta el 27 de este mes para completar este proceso.

La CTS es un fondo destinado a brindar un respaldo económico en caso de desempleo. Ante la situación económica actual, la posibilidad de disponer de estos fondos, según los impulsores de la medida, podría representar un alivio significativo para muchos trabajadores. La normativa que establecerá los detalles y procedimientos para el retiro aún está pendiente de ser publicada por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

MTPE podrá emitir el reglamento para la libre disposición de la CTS en cualquier momento hasta finales de mayo

El Poder Ejecutivo, encabezado por la presidenta Dina Boluarte, tiene hasta el 27 de mayo de 2024 para publicar el reglamento que permita la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Este plazo se establece tras la promulgación de la ley aprobada por el Congreso el pasado 17 de mayo. La normativa deberá especificar los requisitos y procedimientos exactos que los trabajadores deben seguir para acceder a sus fondos. El Gobierno ha informado que se están tomando las medidas necesarias para que la normativa sea publicada dentro del plazo estipulado, lo que permitiría que los trabajadores puedan disponer de sus ahorros de CTS sin mayores contratiempos.

Una vez que se publique el reglamento, ¿podré disponer del 100% de la CTS?

Una vez publicado el reglamento por el Ministerio de Trabajo, los trabajadores podrán iniciar el proceso para retirar el 100% de su CTS. Es importante que estén atentos a las comunicaciones oficiales y a los detalles específicos del reglamento, ya que estos definirán los pasos a seguir. Además, deberán asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos para evitar problemas o demoras en el proceso de retiro.

CTS: ¿podré disponer del último depósito hecho en mayo?

El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) realizado en mayo de 2024 será incluido en el monto total disponible para retiro, una vez que se publique el reglamento. La ley permite el retiro del 100% de los fondos acumulados, lo que incluye todos los depósitos realizados hasta la fecha de solicitud del retiro.

La CTS se acumula como un ahorro obligatorio que los empleadores deben depositar semestralmente a favor de sus trabajadores. Este fondo es crucial para la seguridad económica de los empleados en caso de desempleo o emergencias financieras. La posibilidad de retirar estos fondos sin restricciones hasta el 31 de diciembre de 2024 ofrece una ventana de oportunidad significativa para los trabajadores que necesitan acceder a su dinero en tiempos difíciles.

CTS: ¿para qué casos se creó este fondo de ahorros obligatorio?

La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) fue creada con el objetivo de proporcionar a los trabajadores un fondo de contingencia para enfrentar posibles situaciones de desempleo. Funciona acumulándose a lo largo del tiempo que el trabajador permanece en una empresa. Este fondo les permite a los empleados contar con una reserva económica que pueden utilizar en caso de cese laboral, facilitando su estabilidad financiera mientras buscan un nuevo empleo.

Si la empresa donde trabajo no pagó la CTS en mayo, ¿hay sanciones?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) afirma que no depositar la CTS dentro de la fecha establecida se considera una falta grave, lo que podría conllevar grandes sanciones económicas dependiendo del tamaño de la empresa.

  1. Pequeña empresa: la multa oscila entre 0,45 y 4,50 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que equivale a montos entre S/2.070 y S/20.700.
  2. Empresas no Mype: la sanción monetaria varía entre 1,57 y 26,12 UIT, lo que representa montos entre S/7.222 y S/120.152.
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