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Economía

EsSalud: si muero, ¿quién puede cobrar mi prestación por sepelio y de cuánto es el monto?

Conoce cuáles son los requisitos para la prestación de sepelio y el monto que se podrá recibir por dicho concepto.

Para atenderte en EsSalud debes estar asegurado previamente. Foto: composición LR

El Seguro Social de Salud, más conocido como EsSalud, es una institución pública de Perú que brinda cobertura sanitaria a los trabajadores formales y sus familias, así como también a los pensionistas y población que opta por inscribirse. El servicio se financia principalmente a través de contribuciones de los empleadores y empleados, y ofrece una amplia gama de servicios médicos que incluye atención primaria, especializada, hospitalaria y de emergencia.

Cada ciudadano inscrito tiene derecho a recibir la prestación por sepelio cuando fallece. Este beneficio se otorga a los familiares del titular y busca cubrir gastos funerarios de la persona que ya no se encuentra en el plano terrenal. Para acceder a este subsidio, se requieren algunas condiciones, requisitos y documentos que te detallaremos a continuación.

¿Cuánto dinero debe entregar EsSalud si un afiliado muere y quién puede cobrar el monto?

La prestación por sepelio de EsSalud puede ser solicitada por un familiar directo del asegurado que haya fallecido. Los familiares elegibles para realizar este trámite incluyen al cónyuge o la pareja en concubinato, hijos mayores de edad, padres, madres o hermanos que hayan superado los 18 años. Este procedimiento permite que los allegados del difunto puedan acceder al beneficio económico destinado a cubrir los gastos funerarios.

Según la información disponible en el sitio web oficial de EsSalud, el monto máximo otorgado para cubrir los gastos de sepelio asciende a S/2.070. Para acceder a esta cantidad, es necesario que los solicitantes presenten comprobantes que evidencien los gastos incurridos debido al fallecimiento del asegurado regular.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la prestación por sepelio en EsSalud?

  1. El titular asegurado regular debe haber realizado aportes por tres meses seguidos o por cuatro meses espaciados dentro del semestre previo al mes de su deceso.
  2. Para el asegurado del sector agrario, es necesario haber aportado durante tres meses consecutivos o cuatro meses dispersos en el año anterior a su fallecimiento.
  3. Es requisito que el empleado estuviera activamente vinculado laboralmente al momento de su muerte.
  4. En caso de ser pensionado, es imprescindible haber conservado el estatus de pensionista en el instante del deceso.
  5. Los beneficiarios del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) no son elegibles para recibir esta prestación al momento de morir.

¿Qué gastos funerarios se reconocen?

A través de su sitio web, EsSalud indica que los gastos cubiertos por la prestación incluyen el nicho o sepultura, los servicios de cremación o ataúd, féretro, uso de la capilla ardiente, carroza fúnebre, traslado, vestimenta funeraria o mortaja, así como la preparación del cuerpo del fallecido.

EsSalud 2024: ¿qué otros subsidios económicos están disponibles?

  1. Subsidio por incapacidad temporal: dirigido a los asegurados activos, incluyendo trabajadores regulares, agrarios y de regímenes especiales. Busca mitigar la pérdida de ingresos provocada por la imposibilidad de trabajar debido a afecciones de salud.
  2. Subsidio por maternidad: brinda un respaldo financiero a las mujeres aseguradas durante su licencia por maternidad.
  3. Subsidio de lactancia: se entrega S/820 a la madre de un recién nacido, hijo de un asegurado titular. En casos de parto múltiple, se concede un subsidio adicional por cada niño nacido vivo.

¿EsSalud cubre sepelio de cónyuge o concubino?

Debes saber que este beneficio solo se entrega por la muerte de un asegurado regular titular, que esté activo o pensionista.

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