El Ejecutivo promulgó la Ley 31754 , de protección de la mujer jefa del hogar en situación de pobreza o pobreza extrema, que crea un Registro de la Mujer Jefa de Hogar, sistematizado y elaborado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp), entidad encargada de verificar la situación y expedir la certificación correspondiente.
El dispositivo tiene por objeto la protección a la mujer jefa de hogar en situación de pobreza o pobreza extrema que, independientemente de su estado civil, asume económicamente en forma exclusiva y permanente la manutención y el cuidado de sus hijos menores de edad o con discapacidad, o de su cónyuge o conviviente con incapacidad física o mental permanente que no le permita valerse por sí mismo.
El Estado establece los mecanismos necesarios a fin de dar protección especial a la mujer jefa de hogar a través de la promoción y el fortalecimiento de sus derechos económicos, sociales, culturales, de salud y educativos, y permitiéndole el acceso a los diferentes programas creados por este, que le permitan mejorar su condición de vida y la de su familia.
"En ninguna circunstancia se negará el acceso a servicios de educación a los hijos o dependientes de la mujer jefa de hogar. Las solicitudes de vacante para los hijos de la mujer jefa de hogar para acceder a un centro educativo público son de preferente atención siempre y cuando se cumplan con los requisitos. El Estado garantiza el acceso a los servicios de asistencia y asesoría legal a la mujer jefa de hogar", señala la norma.
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El Poder Ejecutivo, a través de sus diferentes políticas públicas, diseña y ejecuta planes y programas de capacitación gratuitos y flexibles en su duración, adaptados a la disponibilidad de tiempo de la mujer jefa de hogar, con la finalidad de incrementar sus competencias y generar redes de emprendimientos comerciales y productivos que la vinculen en actividades sostenibles, económicas y rentables.
Mimp es el órgano rector para la protección de la mujer jefa de hogar, debiendo establecer las políticas públicas y los convenios correspondientes con los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como con la empresa privada, necesarios para el cumplimiento de la presente ley.