Las organizaciones de la sociedad civil Instituto de Defensa Legal (IDL) y CooperAcción han presentado una demanda de amparo contra la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y, como tercero coadyuvante, a la empresa Repsol S.A., con el objetivo de que la compañía no se beneficie de los descuentos en el impuesto a la renta por los gastos realizados para limpiar el derrame de petróleo.
“Es inadmisible que una empresa que ha causado contaminación termine beneficiada con un menor pago de impuestos por realizar actividades de remediación o atención humanitaria que son su obligación”, alertó Ana Leyva, subdirectora de CooperAcción.
De acuerdo a esta organización, el artículo 37 de la Ley de Impuesto a la Renta (DS 179-2004-EF) ha sido aplicado durante varios años por el Tribunal Fiscal con una interpretación polémica, que le permitirá a Repsol al momento de pagar su impuesto a la renta deducir de este monto los gastos de descontaminación ambiental. Cabe señalar que esto resulta incompatible con los principios constitucionales ambientales de contaminador-pagador e internalización de costos.
“Esta interpretación del Tribunal Fiscal vulnera varios derechos, entre ellos el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado y equilibrado para el desarrollo de la vida —reconocido en el artículo 2.22 de la Constitución—; en concreto, la obligación legal de asumir los costos de reparación ambiental de las empresas", señaló Juan Carlos Ruiz, abogado del IDL.