El Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio de los proyectos de ley 3156 y 3452, que modifica la ley 30309, con el objetivo de establecer una deducción adicional por gastos en proyectos en I+D+I; es decir, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica a fin de promover la inversión privada, garantizar el incremento de la productividad y competitividad de las empresas.
Con 99 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó modificar el artículo 1 de la ley 30309. Así, los contribuyentes cuyos ingresos no superen 2.300 UIT y que efectúen gastos en proyecto de investigación científica, desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica, vinculados o no al giro de negocio, podrán acceder a dos tipos de deducciones: 240% si el proyecto es realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación domiciliados en el país o 190% si el proyecto es realizado mediante centros de investigación no domiciliados en el país.
Los contribuyentes cuyos ingresos superen los 2.300 UIT podrán acceder también a dos tipos de deducciones: 190% si el proyecto es realizado por el contribuyente o mediante centros de investigación o 160% si el proyecto es realizado mediante centros no domiciliados en el país.
En todos los casos, las empresas deben contar con el informe favorable del CONCYTEC o del organismo respectivo, señala la propuesta aprobada. Cabe precisar que las deducciones adicionales de 140%, 90% o 60% no puede exceder en cada caso el límite anual de 500 UIT. Además, este beneficio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.