
Bono alimentario. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó el padrón de ciudadanos beneficiarios del bono alimentario, el subsidio monetario individual de S/ 270 autorizado mediante el artículo 22 de la Ley N.º 31538.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N.º 150-2022-Midis, publicada el último lunes en la edición extraordinaria de El Peruano, el listado se elaboró con base en el registro de ciudadanos elegibles según la aplicación a los lineamientos y aspectos técnicos aprobados por Decreto Supremo N.° 003-2020-Midis y Resolución Ministerial N.° 139-2022-Midis.
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La norma remarca en sus considerandos que el 30 de julio del 2022, mediante la Ley N.° 31538, el Congreso de la República autorizó un crédito suplementario para —de forma excepcional y por única vez— el otorgamiento de un subsidio monetario individual de S/ 270,00 a favor de personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad económica ante el incremento de precios de los alimentos, de acuerdo al registro nacional para medidas COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria.
El 8 de setiembre, el Midis aprobó el reglamento para la entrega del subsidio y estableció los siguientes requisitos para los beneficiarios:

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