Como parte de las medidas adoptadas en el actual Estado de Emergencia y con la finalidad de apoyar a las empresas del país, se dispuso la creación de los programas Reactiva Perú y el Fondo de Apoyo Empresarial a las Mype (FAE-MYPE). En ese sentido, el ABC del BCP brinda algunas recomendaciones para identificar las diferencias entre ellos y saber cuál se adapta más a tus necesidades.
Para poder tomar una decisión, es importante conocer de qué trata cada uno:
Reactiva Perú: Préstamo otorgado por las entidades financieras a las empresas (Micro, pequeña, mediana y gran empresa) con la finalidad de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones con sus trabajadores y proveedores. Con un fondo de 60 mil millones de soles, se distribuirá con tasas de interés muy bajas. De acuerdo con el Banco Central de Reserva, los créditos serán otorgados con tasas por debajo de un 2% anual.
FAE MYPE: Este fondo permitirá que las micro y pequeñas empresas (formales e informales) accedan a financiamiento a través de nuevos créditos para capital de trabajo. Este beneficio cuenta con un patrimonio de 800 millones de soles.
Ahora que ya los reconoces, revisa el detalle de sus condiciones:
1. Montos y Plazos: Para Reactiva Perú, el valor del préstamo al que accederá cada empresa se definirá en base al monto de las ventas promedio de un mes durante el 2019, de acuerdo con lo reportado ante la Sunat, o el monto equivalente a tres veces la aportación a EsSalud durante el mismo año. El plazo para la devolución no debe exceder los 36 meses incluyendo el periodo de gracia (12 meses máximo). La fecha para solicitar el crédito a los bancos es hasta el 30 de junio del 2020.
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En el caso del FAE-MYPE, los préstamos cubrirán como máximo el monto equivalente a dos veces el promedio mensual de deuda registrado por la Mype en el último año (hasta 90 mil soles). Recordemos que el periodo de gracia se amplió de 6 a 12 meses y podrá solicitarse hasta el 31 de diciembre del presente año.
2. Requisitos: En el caso de Reactiva Perú, la empresa no debe contar con deuda tributaria superior a 1 UIT, además de tener una calificación crediticia de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP). Para FAE-MYPE, podrán acceder empresas formales e informales que desarrollen actividades de producción, turismo, comercio y servicios conexos. Asimismo, deberán estar calificadas favorablemente dentro del sistema financiero.
3. Destino del préstamo: En ambos casos, el dinero otorgado deberá ser usado únicamente para el pago a trabajadores (planilla) y empresas proveedoras con las que se tenga obligaciones contractuales. No podrá ser utilizado para adquirir activos fijos, adquisición de acciones o participación en empresas, prepago de deudas, utilidades, etc.
4. Solicita el beneficio: Para cualquiera de estas iniciativas, deberán contactarse con la entidad financiera de su preferencia, siempre que esta haya obtenido los fondos para realizar el préstamo. El banco verificará si cumple los requisitos y validará el monto máximo al que podría acceder. Se le informará el resultado de la solicitud y, en el caso de ser positivo, se procederá con el desembolso.