
Según la Superintendencia de Banco, Seguros y AFP (SBS), el seguro de desgravamen tiene por objeto pagar la deuda que mantenga el asegurado en una entidad del sistema financiero, cuando este fallezca. De esta manera, beneficia a los herederos del asegurado, quienes no verán afectada su herencia.
¿Es obligatorio pagar el seguro de desgravamen?
Sí, mientras exista una deuda con una entidad financiera por motivo de préstamos, el seguro de desgravamen será necesario.
PUEDES VER: SBS: ¿Qué sucede con las deudas de un fallecido?
¿Existe el seguro de desgravamen con devolución?
No existe un seguro de desgravamen con devolución. Lo que en realidad puede suceder es que el usuario endose un seguro de vida al banco y, en caso de fallecimiento o invalidez, el banco cobre la deuda correspondiente y si hubiese un excedente se le entregará al beneficiario.
¿En qué casos se necesita un seguro de desgravamen?
El seguro de desgravamen es exigible para los siguientes tipos de operaciones: préstamos personales, préstamo vehicular, préstamo hipotecario y tarjetas de crédito.
¿Qué cubre el seguro de desgravamen?
- Muerte natural.
- Muerte accidental.
- Invalidez total, permanente y definitiva por enfermedad.
- Invalidez total, permanente y definitiva por accidente.
Requisitos de un seguro de desgravamen
- Mantener una operación activa con el banco.
- Edad mínima de ingreso: 18 años de edad
- Edad máxima de ingreso: (dato establecido en las Condiciones del Seguro)
- Edad máxima de permanencia: (dato establecido en las Condiciones del Seguro)

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