A menudo, las personas suelen escuchar música en el trabajo. Es una práctica muy extendida; sin embargo, algunas compañías deciden prohibirlo a sus empleados. Al respecto, surge la duda de si la medida es legal o no, según la normativa peruana. Una abogada laboralista responde la interrogante.
A través de su página oficial de TikTok, Claudia Seminario, abogada especializada en derecho laboral y seguridad y salud en el trabajo, indicó los casos en que impedir esta práctica es válido y si existe realmente una ley en el Perú que respalde tal decisión.
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"No existe ninguna disposición legal que establezca que el trabajador no puede escuchar música en el trabajo", detalló Seminario. Sin embargo, la letrada, que es socia de la firma Cornejo & Santiváñez Laboralistas, enfatizó que la ausencia de una ley "no significa que el empleador no lo pueda regular en virtud de su poder de dirección".
En ese sentido, señaló que dependerá de las condiciones laborales establecer si es válido o no que la compañía limite a sus trabajadores la libertad de oír música durante su jornada laboral.
"Imaginemos el caso de un puesto de trabajo de alto riesgo. Tiene mucho sentido que el trabajador no deba escuchar música si eso pone en riesgo su vida, su integridad o la de sus compañeros de trabajo", manifestó. También se puede impedir ello según la naturaleza de las funciones del empleado. Por ejemplo, un supervisor podría tener inconvenientes al evaluar las actividades que hace el equipo que tiene a cargo, por lo que se le podría limitar el oír canciones durante su turno.
No existe una ley en el Perú que regule el escuchar música en el trabajo. Foto: La República/Difusión
"Depende. Si tengo un espacio en el que escucho música (a un volumen) muy bajito o lo hago con audífonos, no afecto a nadie: entonces, sería razonable que pueda hacerlo", explicó. Pero ¿qué ocurre si es un espacio compartido? Para estos casos, Claudia Seminario aseveró que, aunque no se trata una actividad de alto riesgo, podría interferir en el óptimo desarrollo laboral del resto de compañeros.
En esos casos, sería válido que la empresa lo regule o limite, de acuerdo con la letrada, ya que el empleador tiene que velar por el bienestar integral de todos los trabajadores.