Reclamo severas consecuencias contra una persistente difamadora del Twitter (y superviviente de una merecida humillación pública ejecutada con elegancia por Rosa María Palacios durante la presentación del libro de Pedro Cateriano en la FIL, escena que quedó registrada y posteriormente viralizada) y la Sra. Magaly Medina, ex rea sentenciada precisamente por difamación, desde una lectura ciertamente primitiva y blindada de toda razón, lo convierte en “violencia contra la mujer”. La violencia contra la mujer supone violentar a una persona por el hecho mismo de ser mujer. Lucho desde hace varios años ya contra las formas de violencia englobadas bajo ese concepto y también contra quienes, como Medina, usan el concepto de forma tan injustificada y desvergonzada que parecieran determinados a vaciarlo de todo sentido e importancia hasta desaparecerlo del diccionario. La difamación por su parte, como tendría que haber interiorizado ya Medina, no depende del género. Con lo cual, se debe reclamar consecuencias idénticas para todo sujeto que perpetre la difamación más allá de su género u orientación sexual. Y ese reclamo, dejemos el cinismo, no se puede confundir con violencia contra una mujer por un mínimo de respeto hacia las mujeres que sí son violentadas en el Perú por el solo hecho de ser mujeres. Y por algo de dignidad, también. En otras palabras, la difamadora es difamadora y su género u orientación sexual no le exime de serlo. Por otro lado, se debe tomar nota de lo ineficaz que ha sido el paso por prisión para Medina: aprendió poco.