Condenan a 8 años de prisión a excajera que retiró más de S/30.000 de cuentas CTS de tres clientes
Según la investigación fiscal, la extrabajadora aprovechó su condición para realizar 12 operaciones de retiro no autorizado desde las cuentas de CTS de los clientes. Ahora deberá cumplir prisión y pagar una reparación civil de S/34.300.

El Poder Judicial condenó a ocho años y 10 meses de prisión efectiva a una cajera bancaria por el delito de fraude informático agravado. Según la investigación fiscal, la mujer de iniciales K. M. V. A. retiró ilegalmente más de S/30.000 de cuentas CTS de tres clientes, aprovechando su condición de trabajadora de la entidad financiera.
La exempleada también deberá pagar 150 días multa y una reparación civil a favor de los agraviados por el monto de S/34.300, según informó la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro (Segundo Despacho), a cargo del fiscal provincial Jonathan Cirilo Portillo Vela.
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Trabajadora aprovechó su función para retirar dinero de CTS
De acuerdo con las indagaciones y hechos comprobados durante el juicio oral, la excajera aprovechó su condición de trabajadora de la entidad financiera, así como el conocimiento, accesos y manejo del sistema bancario para cometer el ilícito.
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El trabajo de investigación permitió identificar que la mujer realizó hasta 12 operaciones de retiro no autorizado desde las cuentas de CTS (Compensación por Tiempo de Servicio) de tres clientes por un monto total de más de S/30.000.
Fraude informático, un delito penado con hasta 10 años de cárcel
El fraude informático en el Perú está regulado principalmente por el artículo 8 de la Ley 30096 (Ley de Delitos Informáticos) y sus modificatorias, sancionando a quien mediante el uso de tecnología manipula sistemas o datos para obtener un beneficio indebido en perjuicio de terceros. La sanción por cometer este acto ilegal puede ser de entre cuatro a ocho años de cárcel, pero asciende hasta 10 años cuando el delito afecta de manera grave el patrimonio del Estado.















































