Congreso: proponen sancionar con hasta 4 años de cárcel amenazas por teléfono
Iniciativa legislativa abarca amenazas de homicidio, lesiones, aborto, torturas, contra la libertad o la integridad moral, entre otras.
- ¿Reventó? Resultados de La Tinka del miércoles 10 de junio: números ganadores, premios del Pozo Millonario, boliyapa, S/50.000 y más
- Confirmado | Esta región del Perú tendrá hasta tres feriados en lo que resta de junio, según el Gobierno

La congresista de la bancada de Fuerza Popular Rosangella Barbarán presentó el proyecto de ley 6758/2023-CR, el cual propone que se imponga una pena no menor de dos años ni mayor de cuatro años a aquellos que emitan amenazas por vía telefónica, a través de llamadas o mensajes de texto. Dicha propuesta se ampara en la inclusión del artículo 151-B al Código Penal.
En el mencionado artículo se establece que incurriría en delito “el que, dolosamente, empleando teléfono fijo o móvil, en forma hablada o escrita, a través de plataformas móviles de mensajería o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, sin que medie finalidad económica, amenazare a otro con causarle a él o a su familia, un daño”.
TE RECOMENDAMOS
LE CIERRAN PUERTA A CASTILLO, BALCÁZAR ARMA MALETAS Y EXPLOTA LA PELEA POR ELECCIONES | ARDE TROYA
PUEDES VER: Magdalena: alcalde anuncia contratación de guardaespaldas armados para combatir la delincuencia

No existe sanción para amenazas telefónicas
Actualmente, no existe una sanción para quienes amenazan por teléfono. Es por ello que las extorsiones continúan en ascenso y figuran como los hechos delictivos más cometidos en el país, después de los robos, asesinatos y secuestros. Tanto ciudadanos de a pie como alcaldes distritales y gobernadores regionales son víctimas de estas tretas, dirigidas también a sus familias y entorno cercano.
Precisiones del proyecto de ley 6758/2023-CR
La iniciativa legislativa precisa ciertos puntos, como la diferencia entre los delitos de amenaza, coacción y acoso. En esa misma línea, se señala a la amenaza como la manifestación de un daño futuro para la víctima o contra los allegados a esta. En tanto, la coacción consiste en imponer una actitud y el acoso es el seguimiento constante a una persona.


































