Sociedad

Costa Verde: ¿qué tipo de vehículos no pueden ir por el Circuito de Playas y cuáles son las multas?

En esta nota de La República conocerás a detalle cuáles son los medios de transporte prohibidos en la Costa Verde y cuánto deberán pagar si incumplen la norma.

Costa Verde es un lugar muy concurrido en Lima. Foto: Deperu.com
Costa Verde es un lugar muy concurrido en Lima. Foto: Deperu.com

Con el objetivo de promover la convivencia vial entre conductores de vehículos motorizados, peatones y ciclistas, entidades como la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) han prohibido la circulación de ciertas unidades por la Costa Verde.

Estas instituciones buscan también fomentar el respeto a las señales de tránsito, pases peatonales y zonas rígidas. Por tal motivo, aquí te contamos más sobre esta restricción y la multa por no acatar la medida.

¿Qué vehículos están prohibidos de transitar por la Costa Verde?

Los vehículos que no pueden transitar por la Costa Verde u otra vía expresa son las motocicletas y unidades de transporte de carga o mercancías, de acuerdo a información de la PNP.

Sin embargo, se precisa que la limitación no recae sobre los remolques, vehículos de emergencia, de atención de servicios públicos, unidades de las PNP y las Fuerzas Armadas; tampoco a los que colaboren en la ejecución de obras dentro de la avenida. Para esto, deben contar con autorización de interferencia de vías.

Asimismo, los vehículos de los municipios distritales que integran el Circuito de Playas, y que superen las 6,5 toneladas, podrán circular de lunes a domingo, desde las 9.00 p. m. hasta las 06.00 a. m.

¿Cuánto es la multa para los vehículos que no respeten esta norma?

En caso de que un vehículo no autorizado no respete la norma, "la Policía Nacional del Perú podrá sancionarlos con 396 soles por circular por vías y accesos restringidos", mencionó un vocero de la PNP.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ordena que incumplir las disposiciones sobre el uso de las vías de tránsito rápido y/o de acceso restringido es una multa considerada grave (G10), cuya sanción es de 8% de una UIT y restarle 20 puntos en el récord de conductor.