Lurín: cuestionan que con sentencia arbitraria se desaloje de terreno a 200 familias
La Corte Suprema resolvió a favor de la inmobiliaria que reclama las tierras como suyas, desconociendo que el objeto juzgado no puede ser impugnado por medio de cualquier proceso judicial.
Alrededor de 200 familias en Lurín se quedaron sin hogar y perdieron su inversión al ser desalojadas de terrenos que fueron reclamados como propiedad de la empresa Inmobiliaria y Constructora Tierras del Sur SA (Tisur) tras haber comprado los lotes a la Asociación Agropecuaria Súmac Pacha.
Todo inició cuando la Asociación Agropecuaria Sumac Pacha y la Comunidad Campesina de Cucuya entraron en litigio por las tierras y, finalmente, acordaron celebrar una transacción, la misma que fue aprobada por el juez encargado del caso.
Sumaq Pacha empezó a vender lotes de terreno en Lurín no solo a personas, sino también a empresas. Fue entonces que apareció la Inmobiliaria y Constructora Tierras del Sur SA (Tisur), la cual interpuso un recurso de casación para reclamar las tierras.
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El juzgado de primera instancia declaró improcedente esta demanda al considerar que no es la vía para discutir una transacción validada por un juez y que tiene calidad de cosa juzgada. Tisur apeló a la sala superior, en la que se confirmó la resolución anterior.
“Como la transacción es validada por una autoridad judicial, eso tiene la autoridad de cosa juzgada. La cosa juzgada no puede ser invalidada a través de un proceso cualquiera. Tendría que haberse interpuesto una acción de amparo o una nulidad de cosa juzgada que, evidentemente, estas personas no realizaron porque se les había pasado el plazo”, explicó al respecto el abogado constitucionalista Luciano López, quien brinda asesoría legal a varios afectados.
Luego de que la Corte Suprema resuelva a favor de Tisur, con cuatro votos a favor y uno en contra por parte de los magistrados, el abogado asegura que esta es una situación inconstitucional. Los cuatro no responden el argumento de las instancias inferiores que señalan que la impugnación de la inmobiliaria no puede hacerse a través de un procedimiento cualquiera.
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“Yo veo varias acciones de amparo de algunas personas y empresas que han sido perjudicadas porque la decisión de la Corte Suprema es sumamente inconstitucional. Reitero, una transacción validada por un juez no puede ser invalidada por un proceso cualquiera”, anotó el letrado.
Luciano López también cuestionó que los procesos de amparo sean muy lentos. Refirió que en primera instancia tienen recursos pendientes de resolver desde hace casi dos años.
Mientras tanto, hay alrededor de 200 familias desalojadas en mérito de esta sentencia, la cual se considera sumamente arbitraria. El peligro es que se siga desalojando al resto de pobladores y empresas.
“Todas estas personas compraron de alguien que aparecía en el registro con facultades para poder hacerlo, con títulos registrales. Son personas que compraron de buena fe. Ahora aparece otra empresa con títulos de San Bartolo diciendo que abarca hasta Lurín y trata de invalidar un juicio. Definitivamente, es una cosa de lo más irregular. Y lo dice la magistrada suprema que emitió voto en contra de esa casación”, sentenció el constitucionalista.