Arequipa: jueza constitucional dispone que víctima de terrorismo reciba reparación
La magistrada Karina Apaza declaró fundada demanda de acción de amparo. En el 2005, exfiscal resultó herido tras ataque de columna senderista, al convoy donde viajaba.
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La jueza Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Karina Apaza, declaró fundada la demanda de acción de amparo en contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, presentada por el exfiscal Elder Cuadros Rivera, víctima de terrorismo, con lo cual será incorporado en la Ley 28592 que crea el Plan Integral de Reparaciones.
Elder Cuadros Rivera, de la provincia ayacuchana de Churcampa, salvó de la muerte en el año 2005, cuando el convoy en el que regresaba del VRAEM fue atacado por una columna senderista de 40 personas que pretendía liberar al detenido que trasladaban.
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En este acto fueron asesinados los policías e hiriendo de gravedad al magistrado, quien denuncia que quedó con secuelas que no son atendidas.
La Ley 28592 establece un plan de reparación integral para agraviados durante el período de 1980 al 2000; sin embargo, para el presente caso, la norma no ofrece respuesta. A criterio de la jueza, el demandante debe recibir el mismo trato por un principio de igualdad.
En el fallo, la jueza Constitucional de Arequipa exhorta igualmente al Congreso de la República para que legisle debidamente, incorporando dentro la Ley 28592 a todas las víctimas del terrorismo.



















