San Martín: advierten perjuicio económico mayor a S/ 2,4 millones en SAT de Tarapoto
La Contraloría sostuvo que los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria omitieron iniciar y continuar el proceso de cobranza de papeletas de tránsito.
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La Contraloría General de la República detectó un perjuicio económico superior a S/ 2,4 millones en contra del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Tarapoto.
El ente de control señaló que este problema es a consecuencia de la inacción de funcionarios y exfuncionarios que omitieron iniciar y continuar los procedimientos de cobranza de 5.161 papeletas de tránsito impuestas por la Policía Nacional durante el 2013 y 2014 a los usuarios y transportistas de la ciudad de Tarapoto (región San Martín).
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El Informe de Auditoría N.° 03-2021 identificó que 12 personas están involucradas en este caso por presunta responsabilidad civil y administrativa.
Causas del problema
La comisión auditora señaló que el perjuicio económico se originó por la negligencia de los jefes del Departamento de Cobranzas, que no iniciaron los procedimientos administrativos para la interrupción o suspensión de los plazos de prescripción de las papeletas por infracción de tránsito.
Además, se emitió Resoluciones de Imposición de Responsabilidad Solidaria de las papeletas (que interrumpen dicho plazo), pero sin cautelar que estas sean notificadas conforme a la ley, lo que conllevó a su prescripción.
Otro de las causas es la omisión de los jefes de Operaciones que no supervisaron la labor del jefe del Departamento de Cobranzas y no impulsar la cobranza ordinaria de cada una de las infracciones de tránsito.
Prescripción de impuestos
También se permitió la prescripción de deudas correspondientes al impuesto predial y arbitrios municipales de 95 contribuyentes en el período 2013-2014 por un monto de S/ 39.315, debido a la inacción en su cobranza, seguimiento y control de la deuda, lo que vulneró la normativa del procedimiento administrativo general.
El informe se remitió de la procuraduría pública de la Contraloría para que inicie las medidas legales y a la Municipalidad Provincial de San Martín a fin de que ejecute acciones administrativas.





















