COVID-19: inician entrega de pensión de orfandad a 300 menores de edad
La pensión mensual de 200 soles se entregará a la persona que está al cuidado de los menores.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) informó que un total de 300 niños y adolescentes recibirán la pensión por orfandad como consecuencia de la COVID-19. El primer padrón incluye a beneficiarios de 18 regiones del país.
A través de un comunicado, la entidad informó que este grupo está conformado por menores de 18 años provenientes de Lima, Callao, Piura, La Libertad, Puno, Junín, Loreto, Arequipa, Lambayeque, Tacna, Moquegua, Pasco, Cajamarca, Ica, San Martín, Ucayali, Amazonas, Huancavelica y Huánuco.
La pensión por orfandad es de 200 soles mensuales al menor cuyo padre, madre o ambos hayan fallecido durante la emergencia sanitaria por el coronavirus. La información oficial será publicada en la página web del Inabif y el retiro de esta asistencia económica se llevará a cabo en el Banco de la Nación.
El MIMP señaló que en el primer cobro está previsto el retiro en ventanilla a través de una orden de pago con la presentación del DNI de la persona a cargo de los beneficiarios. Posteriormente, dicho importe será depositado en una cuenta que asignará la misma entidad bancaria.
Por su parte, los equipos del Inabif tendrán a cargo el seguimiento del padrón de beneficiarios para garantizar el adecuado uso de los recursos otorgados.
Con respecto a la presentación de nuevos expedientes, el sector ha implementado un sistema de intercambio de información con las entidades involucradas (Reniec, Minsa, Midis, entre otros) a fin de darle celeridad a los procesos, verificar la veracidad de todos los datos y reportar, de forma oportuna, algún tipo de incompatibilidad.
La pensión se otorgará a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), por lo que cualquier persona que esté a cargo de una niña, niño o adolescente que haya quedado huérfano puede solicitar que se le otorgue esta asignación a través de la mesa de partes virtual (ingresando a gob.pe/Inabif) o pueden escribir un correo a mesadepartes@inabif.gob.pe.
Para acceder a esta pensión, la persona que esté al cuidado del (la) beneficiaria/o deben acreditar el vínculo entre la niña, el niño o adolescente y con la persona fallecida por coronavirus (partida de nacimiento, certificado de nacido vivo, o resoluciones judiciales de adopción o administrativa que dicta el acogimiento familiar).