Protector facial será obligatorio dentro del aeropuerto desde el 31 de enero
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitió una resolución donde establece nuevas pautas para el transporte aéreo en las regiones.
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso una norma para que los ciudadanos conozcan los nuevos lineamientos para el transporte aéreo. Entre las principales medidas están el uso obligatorio del protector facial dentro de las instalaciones del aeropuerto.
Si bien el escudo facial se utilizaba solo durante el vuelo, la nueva disposición atribuye que este debe ser usado en todo momento y en cualquier terminal aéreo del Perú. Esto a causa del aumento de casos del nuevo coronavirus en varias regiones.
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La medida pertenece a la Resolución Ministerial n.° 043-2021-MTC/01 publicada hoy en el diario El Peruano. “A fin de complementar las medidas básicas sanitarias para prevenir el contagio del COVID-19, tales como lavado constante de manos con agua y jabón y de distancia social no menor a un metro (1m); todas las personas que ingresan al aeropuerto deben usar su mascarilla y escudo facial en todo momento, mientras permanece en el terminal aeroportuario”, se lee en el documento.
La disposición también establece que no se podrá viajar a las regiones con nivel de alerta extrema como Lima Metropolitana, Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac. Sin embargo, sí se podrá realizar hacia las otras regiones con alerta muy alta, alta y moderada.

Resolución Ministerial N° 043-2021. Foto: Diario El Peruano
Para ello, el pasajero que desee viajar desde una región extrema hacia otra con menor índice de contagio tiene que presentar una prueba molecular o antígena con resultado negativo como mínimo con 72 horas de anticipación a abordar el vuelo.




















