Economía

Suspenderán transporte interprovincial aéreo y terrestre en 10 regiones

Dichos departamentos están catalogadas en el grupo de riesgo de nivel extremo ante la propagación de la COVID-19.

Con el objetivo de evitar el contagio de la COVID-19, el Ejecutivo publicó este miércoles el Decreto Supremo 008-2021-PCM, que contiene diversas medidas de prevención contra el avance del nuevo coronavirus, de acuerdo al nivel de riesgo de las regiones.

En tal sentido, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que se suspenderá el transporte interprovincial terrestre entre Lima Metropolitana y las regiones Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac, catalogadas en el grupo de riesgo de nivel extremo.

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Respecto al transporte aéreo, este se suspenderá en las regiones con nivel de alerta extremo, con excepción de los vuelos que aterrizan y despegan en el Aeropuerto internacional Jorge Chávez, en el Callao. En este último caso, los únicos restringidos serán los vuelos procedentes de Huánuco y Jauja.

El transporte interprovincial terrestre está permitido con un aforo del 50% en las regiones Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna, que se encuentran en el grupo de nivel de alerta muy alto. En todas ellas, el transporte aéreo interprovincial continuará desarrollándose como hasta el momento.

En el resto de regiones que registran un nivel de alerta alto está permitido el transporte interprovincial aéreo y terrestre.

Asimismo, se mantienen las restricciones de los vuelos procedentes de Europa. Dichas limitaciones han sido extendidas también a los vuelos que llegan desde Brasil. En ese sentido, está suspendido hasta el 28 de febrero el ingreso de extranjeros no residentes que proceden de Europa, Sudáfrica y Brasil.

Está permitido la circulación de taxis autorizados y vehículos que prestan el servicio de transporte urbano, siempre y cuando cumplan los protocolos sanitarios como el uso de la mascarilla, el protector facial y el aforo establecido. Además, deberán transitar con todas las ventanas abiertas.

El uso de vehículos particulares está prohibido en las regiones con nivel de alerta extremo. En aquellas con nivel de riesgo muy alto no podrán circular los sábados y domingos y en el nivel alto los domingos. Excepcionalmente podrán hacerlo, en todos los casos, las unidades que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.

Lo establecido en esta disposición entra en vigencia desde el domingo 31 de enero a las 00.00 horas por un periodo de 15 días, hasta el final del 14 de febrero.

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