Sociedad

Coronavirus: ¿Conductores con pase laboral deberán tramitar también pase vehicular?

Conoce en esta nota detalles sobre el nuevo pase vehicular que entra en vigencia mañana en las ciudades del norte peruano.

Pase vehicular
Pase vehicular

Coronavirus en el Perú | El aislamiento social obligatorio es una de las medidas que se vienen acatando en las regiones del norte. Poco a poco el Gobierno va ejecutando nuevas acciones, y dentro de ellas está que a partir de mañana entrará en vigencia el nuevo pase vehicular.

Sobre ello, los ministerios del Interior y Defensa informan a la ciudadanía el pase personal laboral seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas mientras dure el Estado de Emergencia. Y que el mismo, no autoriza el uso de vehículos particulares.

Se supo que aquellas personas que ya cuenten con el Pase Personal Laboral y requieran trasladarse en vehículos, podrán gestionar un Pase Vehicular en el mismo enlace del Pase Personal Laboral.

Para esto, en el link mencionado, además de la renovación respectiva, se deberá ingresar el número de placa, y se aplicará solo para los siguientes casos:

  • Vehículos pertenecientes a los servicios de Alimentación (Adquisición, producción, abastecimiento) y distribución para la venta al público.
  •  Vehículos pertenecientes al personal del sector Salud.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y bienes y servicios esenciales que den continuidad a los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y empresas de distribución de periódicos y revistas, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones o para el traslado de sus domicilios a su centro de labores.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center), solo para servicios vinculados a la emergencia COVID-19 y debidamente acreditados.
  • Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de Transporte Urbano Masivo de pasajeros.
  • Vehículos que realizan el traslado del personal de Serenazgo y Fiscalización de los Gobiernos Locales.
  • Vehículos del servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
  • Vehículos que transportan caudales hasta las 20:00 horas.
  • Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros.

¿Pase personal laboral?

Asimismo, aquellas personas que transiten en vehículo, además de llevar el Pase Vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.

Emergencia de salud

Y las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.