Sociedad

Regidores de Cusco también en la cuerda floja

DELITO. Doce concejales -excepto Tania Cardeña- impidieron suspensión de Víctor Boluarte de la alcaldía en dos ocasiones.

CONCEJO. Regidores debieron suspender a Boluarte.
CONCEJO. Regidores debieron suspender a Boluarte.

José Víctor Salcedo

La mayoría de regidores del municipio de Cusco impidió en dos sesiones la suspensión de Víctor Boluarte Medina del cargo de alcalde. Apelaron a dos argumentos para votar en contra del retiro: la condena no estaba consentida y debía evitarse un periodo de ingobernabilidad.

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Doce concejales votaron por mantener al burgomaestre al mando de la comuna cusqueña, pese a que tenía una condena en doble instancia por el delito de fraude en la administración de personas jurídicas. Solo Tania Cardeña votó por la suspensión las dos veces.

El exprocurador anticorrupción del Cusco, Henry Delgado Urrutia, sostuvo que tras la decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de suspender al alcalde, queda en evidencia que los regidores –salvo Cardeña- incurrieron en el delito de omisión de funciones. Los concejales no hicieron cumplir la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) pese a que es una de sus funciones principales.

Hay que recordar que el inciso 5 del artículo 25 de la LOM señala con claridad que procede la suspensión “por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad”. En el caso de Boluarte, se cumplía ese requisito. El 31 de enero de 2019, el juez Jimmy Manchego lo condenó a dos años de pena suspendida por el delito antes señalado, y, el 17 de mayo, los jueces de la Primera Sala Penal de Apelaciones confirmaron la condena, pero redujeron la sanción de dos a un año de pena privativa de la libertad suspendida.

“Allí se ha configurado el delito de omisión de funciones y habría que ver cómo se actúa en el caso de los regidores que no suspendieron al alcalde”, anotó Delgado.

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