Sala Plena de la Corte Suprema critica leyes del Congreso y rechaza intervencionismo al sistema de justicia
La transformación de la justicia no puede hacerse a espaldas o en contra de los magistrados, aseveran los jueces supremos. También se anunció conformación de comisión para evaluar acciones contra normas y plantear reformas.
En defensa de la institucionalidad y en contra del intervencionismo parlamentario. La Sala Plena de la Corte Suprema emitió un contundente pronunciamiento criticando las leyes a favor del crimen organizado aprobadas por el Congreso, así como la conformación de comisiones para reformar todo el sistema de justicia y el Código Penal.
Para empezar, se cuestiona que asuntos "que comprometen la formulación, interpretación y aplicación de las leyes y la propia institucionalidad del ordenamiento judicial" se aprobaran sin la participación de los otros Poderes del Estado, el sector académico y los Colegios de Abogados.
Las normas pro-crimen
La Sala Plena procedió a analizar gran parte de las leyes en materia penal aprobadas por el Congreso.
Así, sostienen que la Ley 32130, que otorga inconstitucionalmente la investigación preliminar a la Policía Nacional del Perú, fue emitida con "patente desconocimiento" del artículo 159, inciso 4, de la Carta Magna. En dicho apartado se establece que la conducción de la investigación del delito está a cargo desde un inicio del Ministerio Público. "Lo cual crea un desbalance en su relación con la Policía", advierten.
Sobre esta misma norma la Sala Plena advierte que limita el "control jurídico de las medidas restrictivas de derechos por el Ministerio Público" y desnaturaliza el recurso de casación al bajar los requisitos para su procedencia.
Por otro lado, los jueces supremos expresan su preocupación por las Leyes 32108 y 32138 sobre crimen organizado, que excluye varios delitos que sí considera la Convención de Palermo, incorpora presupuestos de "complicada concreción" y "reduce sensiblemente la posibilidad de una persecución procesal razonable y efectiva en aras de la tutela de los intereses públicos".
La Sala Plena también hace mención de la Ley 32181, que elimina la detención preliminar para casos de no flagrancia, aunque destaca la posterior rectificación del Congreso. La autógrafa de la ley sigue sin ser promulgada por el Ejecutivo pese a que fue enviada el pasado lunes 16.
La siguiente norma objeto de observaciones fue la Ley 32153, que el Parlamento aprobó para modificar diversos artículos del Código Procesal Constitucional con el objetivo de ganar el proceso competencial contra el Poder Judicial por el caso de las Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Además de la reducción de votos para declarar fundada una demanda competencial, dicha Ley creó un proceso especial para los procesos constitucionales en los que se objeta una decisión parlamentaria. Ello, para la Sala Plena, es una reforma "perturbadora" y genera un "claro desequilibrio de los principios de separación, equilibrio e independencia de los poderes públicos".
La persecución contra jueces y fiscales
Los jueces supremos, además, manifiestan su preocupación por la Ley 32182, con la que se busca sancionar disciplinaria y penalmente a los fiscales y jueces por dejar en libertad a personas detenidas en flagrancia. En el caso de los fiscales, también se pretende castigar que no pidan la prisión preventiva contra dichos sujetos.
Al respecto, la Sala Plena asevera que las decisiones de un juez no pueden estar sujetas a control disciplinario porque ello afectaría la independencia judicial. Únicamente puede sancionarse de manera disciplinaria y penal, respectivamente, la falta de motivación en resoluciones y el prevaricato o la corrupción.
Sobre esta Ley 32182, los jueces supremos también sostienen que afecta la separación de poderes ya que el Congreso estaría interfiriendo en procesos a cargo del Poder Judicial.
Intervencionismo del Congreso
La conformación exclusivamente parlamentaria para elaborar una nuevo Código Penal fue criticada por la Sala Plena. Afirman que es "preocupante" que, en contradicción de la "tradición legislativa nacional", no se considere una comisión interinstitucional.
"Una visión tan reducida impedirá la elaboración de un Código Penal que genere consenso y asuma las corrientes político-criminales más idóneas para enfrentar la delincuencia", alertan.
En el mismo sentido se pronunciaron sobre la comisión parlamentaria para proponer una reforma total del sistema de justicia en un plazo de 90 días.
"La transformación de la justicia no puede hacerse a espaldas o contra los jueces y fiscales. Cabe recordar que toda la sociedad está interesada en mejorar el servicio de justicia y desde ese interés social los jueces somos parte de la solución –no parte exclusiva del problema, como parece desprenderse de la Moción 15003 aprobada el miércoles once del presente mes–", se lee en el pronunciamiento.
Agregan que: "Es alarmante este ensimismamiento parlamentario si se tienen en cuenta los proyectos presentados en el curso de estos últimos años, que no asumen lo más relevante del estado actual de la justicia y tienen una opción unilateral por intervenciones mayormente represivas, sin asumir un plan de acción de largo aliento para adecuar el sistema de justicia al siglo XXI".
Al final de su pronunciamiento, la Sala Plena reitera que los grandes cambios al sistema de justicia "no pueden realizarse excluyendo al Poder Judicial y justificando veladamente el intervencionismo al sistema de justicia que nada bueno traería consigo, como lo demuestra nuestra propia historia institucional". Por ello, demandan que su opinión y propuestas sean debidamente valoradas por el Parlamento.
Finalmente, se comunica la creación de una comisión que se encargará de analizar las leyes, tomar las acciones correspondientes y proponer reformas. "Siempre en defensa de los principios de separación y equilibrio de poderes y de la independencia judicial, pilares básicos de un Estado democrático", sentenciaron.