Política

Dina Boluarte promulga ley que deroga la detención preliminar en casos de no flagrancia

Nueva ley pro delincuencia. A partir de mañana, fiscales no podrán requerir dicha medida contra ningún investigado, no solo policías que lesionen o maten con sus armas de reglamento.

Mesa de partes. Boluarte no se opuso a nueva contrarreforma del Congreso. Foto: Presidencia
Mesa de partes. Boluarte no se opuso a nueva contrarreforma del Congreso. Foto: Presidencia

A diferencia de ocasiones anteriores en las que dejó vencer el plazo para observar o publicar una norma aprobada por el Congreso, este miércoles la presidenta Dina Boluarte promulgó por su cuenta la ley que deroga la detención preliminar en casos de no flagrancia.

La derogación de dicha medida es una reforma de contrabando incluida en la norma para que policías no sean detenidos ni ingresados a prisión preventiva cuando lesionen o maten al hacer uso de sus armas de reglamento. Incluso, la derogación pasó desapercibida durante el debate en el Pleno del Congreso. Las intervenciones de los parlamentarios se centraron en darle "mayor protección" a los efectivos policiales.

Reforma de contrabando en la Ley 32181.

Reforma de contrabando en la Ley 32181.

Tal como advirtió La República en entregas anteriores, la nueva Ley 32181 elimina el inciso ‘a’ del numeral 1 del artículo 261 del Código Procesal Penal, que permite a un juez dictar, a pedido del fiscal, detención preliminar cuando no hay flagrancia, pero "existan razones plausibles para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a 4 años y, por las circunstancias del caso, puede desprenderse cierta posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad".

Inciso derogado por la Ley 32181.

Inciso derogado por la Ley 32181.

Así, a partir de mañana jueves 12 de diciembre, los fiscales ya no podrán requerir al Poder Judicial la detención preliminar de ningún investigado, salvo que se esté dentro de las 48 horas de la flagrancia. Por más que la Fiscalía tenga elementos que vinculan al investigado con el delito y exista certeza de que puede huir o perjudicar la investigación, no procederá la detención preliminar.

La flagrancia es casi imposible en casos de delitos de corrupción de funcionarios o de crimen organizado, advierte el vocero del Ministerio Público y exfiscal supremo provisional, Víctor Cubas, a La República.

"La ley imposibilita la lucha contra la criminalidad organizada porque una de las principales instituciones procesales para esa lucha es la detención preliminar que se puede solicitar cuando una persona no ha sido sorprendida en flagrancia y se presume que está involucrada en la comisión de delitos que tiene pena superior a 4 años. La derogación de esta disposición imposibilita el trabajo de la Policía en la lucha contra el crimen organizado", declaró.

Cubas alertó que "lo más grave" que Gerson Alexander Juárez Tapia, confeso asesino de una niña de 12 años en Villa María del Triunfo, podría quedar en libertad.

"Podría tranquilamente salir en libertad pasado mañana porque ya se deroga la disposición en virtud de la cual él está siendo detenido preliminarmente. Casos similares a ese no podrían ser materia de un pedido de detención preliminar", apuntó.

El vocero agregó que personas involucradas en delitos como extorsión, trata de personas, contra la libertad sexual en agravio de menores, sicariato, minería ilegal y tráfico ilícito de drogas, por ser ilícitos clandestinos, no podrían ser detenidas preliminarmente.

"La Policía cuando tenga información de que hay personas que se están dedicando a estas actividades y como, generalmente, se hacen en forma clandestina, no van a ser sorprendidos en flagrancia. No habrá la posibilidad de que esas personas sean detenidos para que sean puestas a disposición de la justicia", sostuvo.

La detención preliminar ha sido usada por la Fiscalía en casos emblemáticos como Lava Jato y Corrupción en el Poder o recientes como Los Waykis en la Sombra o los Galácticos del Fútbol.

La detención preliminar ha sido usada por la Fiscalía en casos emblemáticos como Lava Jato y Corrupción en el Poder o recientes como Los Waykis en la Sombra o los Galácticos del Fútbol.

Asimismo, por tratarse de una reforma procesal penal, esta se aplicará inmediatamente y también de manera retroactiva. Es decir, pedidos de detención preliminar para casos de no flagrancia se caerán e investigados que se encuentren privados de su libertad por esta medida quedarán libres.

Intromisión en la administración de justicia

Este miércoles también fue publicado en El Peruano la Ley 32182, que busca sancionar disciplinaria y penalmente a los fiscales y jueces por dejar en libertad a personas detenidas en flagrancia. En el caso de los fiscales, también se pretende castigar que no pidan la prisión preventiva contra dichos sujetos.

Víctor Cubas asevera que dichas disposiciones "que afectan gravemente la autonomía del Ministerio Público y la independencia que es una garantía de la administración de justicia". Además, sostiene que esta nueva norma es "complementaria contradictoria" con otras aprobadas por este Congreso.

"A nivel público se dice que los fiscales hacen un uso abusivo de la prisión preventiva. Sin embargo, ahora están exigiendo que todos los detenidos en flagrancia queden en prisión preventiva. Se está criminalizando el ejercicio de la administración de justicia penal"

El vocero del Ministerio Público indica que las normas en materia penal dadas, tanto por el Legislativo como el Ejecutivo, "lo único que hacen es dificultar la lucha contra la corrupción, el crimen organizado, la delincuencia convencional".

Señaló que las leyes serán analizadas por un equipo conformado en la Fiscalía de la Nación con el fin de que se hagan las gestiones necesarias para que sean derogadas. "Lo primero podría ser una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional", adelantó.