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Política

Pedro Castillo: Corte Suprema revisa legalidad del proceso al presidente

Tutela de derechos. Abogado Benji Espinoza indicó que el proceso al presidente no se puede sustentar en una interpretación creativa de la Constitución. La Procuraduría responde que la Constitución debe interpretarse a la luz del presente, no del pasado.

Juez. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside el juez César San Martín, volverá a pronunciarse sobre la legalidad de la investigación. Foto: La República
Juez. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside el juez César San Martín, volverá a pronunciarse sobre la legalidad de la investigación. Foto: La República

A pedido de la defensa del presidente Pedro Castillo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, que preside el juez supremo César San Martín, volverá a evaluar si la investigación que realiza la Fiscalía de la Nación al mandatario colisiona con el artículo 117° de la Constitución.

En junio del 2022, este asunto ya fue analizado por el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, que consideró que el mencionado artículo constitucional no prohíbe investigar preliminarmente a un presidente de la República, pues lo que se prohíbe es la acusación posterior en sede del Congreso.

Entonces, el abogado Benji Espinoza Ramos recurrió a la Corte Suprema, que este miércoles 16 de noviembre realizó una audiencia virtual para evaluar el tema. En la audiencia participó en conexión por video el presidente Castillo, quien no intervino; una representante de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, y otro del procurador general, Daniel Soria.

Espinoza Ramos cuestionó la resolución del juez Checkley y solicitó su nulidad al considerar que la investigación se sustenta en una interpretación creativa de la Constitución que no trae paz social, sino que genera tensiones constitucionales y afecta el ejercicio del cargo del presidente, pues a partir del inicio del proceso, dice, se puede prohibir la salida del presidente del país e incluso se le puede detener.

Además, señaló que la investigación iniciada al presidente Castillo afecta la igualdad ante la ley y la no discriminación si se le compara con las decisiones que la Fiscalía tomó con otros presidentes también denunciados por presuntos delitos de corrupción en el ejercicio del cargo.

Pedro Castillo

Pedro Castillo fue denunciado constitucionalmente por la Fiscal de la Nación, Patricia Benavides. Foto: presidencia de la República

“El término de comparación es el presidente y durante su mandato. Cuando se les denunciaba, los fiscales de la Nación, la doctora Adelaida Bolívar, la doctora Gladys Echaíz, el doctor Pablo Sánchez decían ‘esta denuncia no puede prosperar porque el 117° me lo prohíbe, no puedo investigar, no puedo abrir diligencias preliminares’”, subrayó el abogado.

Benji Espinoza también pidió a los jueces evaluar las consecuencias que tendrá a futuro la interpretación de investigar a un presidente. Si el tribunal le da la razón, algo poco probable, la Fiscalía tendría que suspender la investigación y se anularía la acusación presentada al Congreso.

La fiscal Sylvia Sack Ramos insistió en que la decisión de investigar se sustenta en la Convención contra la Corrupción. En tanto, el procurador Joel Córdova Rojas señaló que el derecho es dinámico, la Constitución debe interpretarse a la realidad actual.

Supremo juez. Que haya aparecido el nombre de César San Martín en las agendas de Nadine Heredia no es suficiente. Foto: difusión

Supremo juez. Que haya aparecido el nombre de César San Martín en las agendas de Nadine Heredia no es suficiente. Foto: difusión

Juez niega amparo constitucional

La jueza Milagros Grajeda Bashualdo, del primer Juzgado Constitucional, rechazó otorgar amparo constitucional al presidente Pedro Castillo frente al proceso por traición a la patria que lleva adelante el Congreso de la República.

Señala que el procedimiento se está realizando dentro del procedimiento de antejuicio constitucional y que será el peso de los votos el que decida si el presidente afectó la Constitución, al cometer una presunta traición a la patria. Además, que no se puede limitar la facultad del Congreso de denunciar y realizar los procedimientos de acusación constitucional.