Dina Boluarte: SAC decidió mandar al archivo denuncias constitucionales contra vicepresidenta
El grupo de trabajo decidió aprobar el informe presentado por Edgard Reymundo que sostiene que Dina Boluarte no incurrió en infracción constitucional ni cometió delitos.
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso decidió mandar al archivo las denuncias constitucionales acumuladas 268 y 269 contra la vicepresidenta de la República, Dina Boluarte, por haber, presuntamente, realizado funciones y gestiones a favor del Club Departamental Apurímac cuando era ministra de Estado.
Dichas denunciadas señalaban que Boluarte Zegarra habría violado los artículos 38 y 126 de la Constitución Política del Perú. De igual manera, se acusaba a la ex minsitra de los presuntos delitos de omisión, rehusamiento y negociación incompatible estipulados en los artículos 377 y 399 del Código Penal.
No obstante, el grupo de trabajo decidió mandar al archivo las dichas denuncias a través de una votación con 13 votos a favor y 8 en contra aprobando el informe del congresista y delegado del caso Edgar Raymundo (Cambio Democrático) que concluye que los hechos denunciados “no configuran infracción”.
La denuncia 268, promovida por el congresista Javier Padilla Romero (Renovación Popular), se sustenta en el informe de la Contraloría que señala que Dina Boluarte “ha efectuado actos de gestión como presidenta del Consejo Directivo del Club Departamental Apurímac, al haber suscrito diversos documentos de carácter público “(…) cuando ejercía el cargo de ministra de Estado en el despacho de Desarrollo e Inclusión Social”.
Por otro lado, la denuncia 269, impulsada por Norma Yarrow, Adriana Tudela, Patricia Chirinos y Diana Gonzales, congresistas de Avanza País, por haber omitido en su declaración jurada de intereses consignar el nombre de su cuñado, Alfredo Florentino Pezo Paredes, incumpliendo el artículo 3 de la Ley 31227. Esto habría permitido que dicho familiar “pueda contratar libremente con el Estado pese a estar prohibido conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado”.
Sin embargo, el informe final presentado por Edgard Raymundo, señala que ninguna de las denuncias sustenta que se habría vulnerado el artículo 126 de la Constitución y no habría delitos. “En conclusión, al no haberse evidenciado hecho alguno que permita determinar que la denunciada haya ejercido otra función pública distinta a la de ministra de Estado, no se configura una infracción al artículo 126 de la Constitución Política”, se lee.
Otro punto de la denuncia sostiene que Dina Boluarte habría solicitado de manera irregular a la Reniec, entidad en la que laboraba y de la cual era servidora pública, una licencia sin goce de haber por el periodo de cinco años una vez elegida vicepresidenta.
“No se ha determinado que el trámite de renuncia presentada por la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra, ante Reniec haya sido irregular y por ende que se haya infringido el artículo 126 de la Constitución Política”, expresa el documento.