Proponen que personas con sentencias cumplidas en secuestro, homicidio y genocidio no sean candidatos

La iniciativa de la bancada de Avanza País promueve modificar la Ley orgánica de elecciones.

Antauro Humala en Arequipa. Foto: Rodrigo Talavera/La República
Antauro Humala en Arequipa. Foto: Rodrigo Talavera/La República

La bancada de Avanza País del Congreso de la República presentó un proyecto de ley con el propósito de que las personas con sentencias cumplidas en calidad de autores, coautores o cómplices en los delitos de homicidio, asesinato, extorsión, secuestro, trata de personas, genocidio, desaparición forzada y tortura no sean candidatos en las elecciones generales, regionales y municipales.

Se trata del proyecto de ley 3581, la misma que plantea modificar las leyes 26859, 27683 y 26864, Ley orgánica de elecciones y la Ley de elecciones regionales y municipales.

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De esta manera se promueve modificar los artículos 113, 2 y 4 de las referidas leyes en el punto que refiere que “no pueden ser candidatos a representantes al Congreso, representantes ante el Parlamento Andino, elecciones municipales y regionales, salvo que renuncien 6 meses antes de la fecha de las elecciones”.

Argumentos

La Convención Americana de Derechos Humanos, ratificada por el Estado Peruano, establece en su artículo 23, numeral 1, literal b, que todos los ciudadanos deben gozar del derecho de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.

En esa línea, establece parámetros acerca del ejercicio de dichos derechos políticos que deben ser observados por los Estados.

“La propuesta guarda coherencia (.....) De acuerdo con lo dispuesto por Tribunal Constitucional ‘ningún derecho es absoluto, y que los derechos fundamentales puede ser limitados, restringidos o intervenidos en alguna medida cuando dicha limitación o restricción resulte justificada en la protección proporcional y razonable de otros derechos fundamentales o bienes de relevancia constitucional’”, ratifica la iniciativa.

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