Política

Junta de Fiscales Supremos rechazan ley que favorece el crimen organizado: "Genera un retroceso a las investigaciones"

Ministerio Público considera la ley N° 32108 es inconstitucional por contradecir Convención de Palermo y debilitar persecución penal pública de delitos graves relacionados con el crimen organizado.

Ministerio Público se pronuncia sobre la ley que favorece el crimen organizado. Foto: composición LR
Ministerio Público se pronuncia sobre la ley que favorece el crimen organizado. Foto: composición LR

El Ministerio Público, a través de un comunicado en la red social X (anteriormente conocida como Twitter), anunció que la Junta de Fiscales Supremos rechaza la Ley N° 32108. Esta normativa, promulgada el 9 de agosto en el diario oficial El Peruano, es señalada por las autoridades como un beneficio para el crimen organizado.

La mencionada ley fue oficializada junto con la ley de lesa humanidad y está siendo cuestionada porque favorecería al crimen organizado. De acuerdo con el pronunciamiento del Ministerio Público, la mencionada norma buscaría adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, lo que beneficiaría a las organizaciones criminales.

Pronunciamiento del Ministerio Público contra la ley que favorece el crimen organizado. Foto: X (antes Twitter)

Pronunciamiento del Ministerio Público contra la ley que favorece el crimen organizado. Foto: X (antes Twitter)

También alegan que la ley es inconstitucional porque "contradice flagrantemente lo que dispone la Convención de Palermo", la cual ha sido ratificada por el Perú. Agregan que esta ley debilita la persecución penal pública de los delitos graves relacionados con las organizaciones criminales, lo que genera un gran retroceso en los estándares alcanzados respecto a las investigaciones en curso, o incluso a los casos que ya cuentan con sentencias condenatorias.

¿En qué consiste la ley que favorece el crimen organizado?

La ley que busca modificar el Código Penal, en relación con el crimen organizado, ordena que de los 91 tipos penales que existen actualmente en el Perú, se pide eliminar 59. Esto implica que delitos como la tala ilegal, la estafa agravada, la venta de órganos, el enriquecimiento ilícito y el tráfico de migrantes ya no sean considerados graves.

Además, delitos con penas menores a los seis años de cárcel tampoco entrarían a la clasificación de graves, por lo que ya no se enfrentarían a un proceso judicial más riguroso. También, la ley se refiere al proceso de allanamiento de inmuebles, pues tras su aprobación, solo se podrá realizar en presencia del investigado y su abogado.