Política

Poder Judicial suspende condición de agremiado de Gino Rios del Colegio de Abogados de Lima

La disputa entre el magistrado y el gremio por el proceso disciplinario iniciado en su contra tras la reincorporación de Patricia Benavides a la Fiscalía.

Poder Judicial aceptó medida cautelar presentada por Rios Patio | Composición: LR.
Poder Judicial aceptó medida cautelar presentada por Rios Patio | Composición: LR.

El Poder Judicial aceptó en parte la medida cautelar presentada por Gino Ríos, miembro de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), a raíz de un proceso realizado por el Colegio de Abogados de Lima (CAL). La medida fue concedida por el Décimo Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del juez Omar Gonzáles. De esta manera, el PJ ordenó suspender provisionalmente la condición de agremiado de Ríos Patiño en el CAL.

Para el Poder Judicial, el pedido de medida cautelar cumplía con los requisitos legales para ser concedido, debido a que existiría una posible afectación de derechos y el riesgo de que la demora genere un daño irreparable. Sin embargo, aclaró que esta decisión no determina quién tiene la razón en el proceso principal ni establece si hubo una vulneración de derechos. Por ello, dispuso comunicar lo resuelto al Colegio de Abogados de Lima para que tome conocimiento y atienda el requerimiento correspondiente.

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Julio Rodríguez, abogado de Ríos Patio, señaló que la renuncia de su patrocinado al CAL impediría que el gremio lo sancione. “Él (Gino Ríos) renunció a ser miembro de este colegio. Incluso se le rechazó la renuncia que presentó para ser abogado en ese momento. Es inaudito, porque atenta contra lo que dice la Constitución: libertad absoluta para que cada uno pueda asociarse libremente. Él ya estaba colegiado en otro colegio profesional de abogados”, sostuvo.

Sin embargo, en la misma resolución, el juzgado señala que la medida no tiene carácter retroactivo. Por ello, aunque Ríos haya renunciado a su colegiatura, el CAL podría llegar a sancionarlo. Cabe señalar que el 30 de octubre de 2025, el Consejo de Ética del CAL admitió a trámite la denuncia presentada contra los miembros de la JNJ. Justo este 12 de agosto se iba a evaluar una posible suspensión provisional.

Junta Nacional de Justicia enfrentada al CAL

La Junta Nacional de Justicia desestimó la solicitud del Colegio de Abogados de Lima para suspender por seis meses la habilitación profesional de cinco de sus integrantes. A través de un comunicado, el organismo argumentó que el gremio no tiene atribuciones para sancionar a miembros de la JNJ por decisiones adoptadas en el marco de sus funciones constitucionales.

Asimismo, la JNJ indicó que los cinco integrantes cuestionados presentaron su renuncia al CAL tras cuestionar el rumbo “político” que habría asumido la institución. Aunque el gremio no aceptó sus solicitudes de desafiliación, la Junta sostuvo que el CAL no debería ejercer potestad disciplinaria sobre quienes manifestaron su decisión de dejar de pertenecer a dicha organización.

La JNJ también puso en duda el sustento normativo del proceso disciplinario. Según señaló, el Código de Ética invocado por el CAL tendría una vigencia cuestionable, debido a que su entrada en vigor estaba condicionada a una publicación en el diario oficial El Peruano, hecho que no habría sido acreditado.

Este caso se origina en las decisiones de la Junta sobre la reincorporación de la fiscal suprema Patricia Benavides. Frente a estas, la JNJ argumenta que una discrepancia no puede convertirse en una sanción gremial ni en un mecanismo de presión contra un organismo autónomo. Delia Espinoza, decana del Colegio de Abogados de Lima, todavía no se pronuncia al respecto.

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