Poder Judicial condena a César Acuña a un año y medio de prisión suspendida
El Poder Judicial de La Libertad condenó a un año y seis meses de prisión suspendida al líder de Alianza para el Progreso, César Acuña, tras hallarlo culpable del delito de violación a la libertad de trabajo. Como parte de la sentencia, Acuña deberá cumplir reglas de conducta y saldar los pagos pendientes.
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El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo condenó al líder del partido Alianza para el Progreso, César Acuña Peralta, a un año y seis meses de prisión suspendida tras encontrarlo responsable del delito de violación a la libertad de trabajo. Esta figura penal sanciona a quienes impiden, vulneran o atentan contra los derechos laborales de los trabajadores.
El caso responde a una demanda por el pago de bonificaciones iniciada originalmente por la docente Flor de María Saldaña Plasencia contra el Gobierno Regional de La Libertad —cuando Acuña era gobernador—. Tras el fallecimiento de la trabajadora, su hijo, Luis Alejandro Novoa Saldaña, asumió el proceso como sucesor legal para exigir el cumplimiento del mandato judicial.
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El juzgado determinó que Acuña no cumplió el pago de S/ 88,525 soles. Este dinero correspondía a un beneficio escolar (preparación de clases) que el Gobierno Regional le debía a la maestra Saldaña.
Según la resolución emitida por la jueza Katherine Dora Granda Fernández, el político no irá a la cárcel, pero deberá cumplir de forma obligatoria con una serie de reglas de conducta para mantener su libertad.
Entre las restricciones impuestas al excandidato presidencial se establece que no podrá cambiar de domicilio sin autorización, no deberá cometer un delito similar y tendrá que "comparecer cada treinta días a la Oficina de Control a fin de informar y justificar sus actividades, firmando el registro correspondiente".
Asimismo, el fallo ordena a César Acuña "cumplir con el mandato judicial extra penal y hacer efectivo los adeudos laborales" pendientes. Para ello, el juzgado le fijó un pago total de S/ 97,377.88 soles a favor del agraviado. Este monto incluye la deuda laboral pendiente (S/ 88,525.35) y una reparación civil de S/ 8,852.53 soles por los daños causados.
El tribunal dispuso que dicha suma sea cancelada por el sentenciado en "tres cuotas de S/ 32,459.29 soles cada una, en forma mensual" a través de certificados de depósito en el Banco de la Nación. Además, la resolución advierte que, si Acuña incumple cualquiera de estas reglas o pagos, se le aplicarán sanciones más severas.
"Todo Bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de aplicarse en lo que corresponda, cualquiera de las prerrogativas legales que se previenen en el artículo 59° del Código Penal, previo requerimiento fiscal y a consideración del Juez de Ejecución de sentencia”, se lee en el documento.






















