Política

Dina Boluarte: denuncia constitucional contra presidenta puede ser admitida

Existe un antecedente. En 2022, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales tramitó una denuncia presentada por la exfiscal de la Nación Patricia Benavides. La mandataria respondió cerca de 50 preguntas relacionadas con el caso Eficcop ante el Ministerio Público.

Respuestas. La presidenta Dina Boluarte declaró en la Fiscalía por la desactivación del equipo policial que prestaba apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder. Foto: Félix Contreras / La República
Respuestas. La presidenta Dina Boluarte declaró en la Fiscalía por la desactivación del equipo policial que prestaba apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder. Foto: Félix Contreras / La República

Frente a la denuncia constitucional contra Dina Boluarte, planteada por el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, por presunto cohecho pasivo al haber recibido accesorios de lujo como relojes Rolex y joyas, se ha empezado a debatir sobre cómo debería proceder el Congreso. Se ha advertido que la Constitución en su artículo 117 señala que un jefe de Estado solamente puede ser “acusado durante su período por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución; y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”. 

Pero la denuncia sí se podría admitir. Hay un antecedente. En noviembre del 2022, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales admitió a trámite la denuncia constitucional 307 presentada por la exfiscal de la Nación Patricia Benavides contra Castillo por ser el presunto autor de los delitos contra la tranquilidad pública en la modalidad de organización criminal y por tráfico de influencias agravado. El informe de calificación decía que Castillo es presunto cómplice del delito contra la administración pública en la modalidad de colusión en agravio del Estado. La acusación obtuvo 13 votos a favor, 8 votos en contra y cero abstenciones. Entonces, Lady Camones, quien presidía la SAC, dijo que “es la primera vez” que un titular del Ministerio Público,“presenta ante la representación nacional una denuncia constitucional contra un presidente de la República en ejercicio”. “Corresponde a este Parlamento, legítimo representante de todos los peruanos, parte esencial de nuestra democracia, garantizar la denuncia y la búsqueda de la verdad”, expresó en esa oportunidad.

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Ahora bien, ¿se le podría investigar además? Para el abogado constitucionalista Omar Cairo, es posible. Señaló que la prohibición de acusar al presidente de la República durante su período es una limitación al derecho a la igualdad de todos ante la ley. “A diferencia de todos los ciudadanos, el presidente no puede ser acusado durante su periodo, salvo por cuatro delitos. Por ser una limitación de un derecho constitucional (la igualdad ante la ley), no puede interpretarse de manera extensiva. Por lo tanto, durante su periodo, el presidente puede ser sujeto de cualquier procedimiento parlamentario, pero, dentro del mismo, no se pueden formular acusaciones”, indicó.

 Escudero. Adrianzén hace las veces de abogado de oficio. Foto: Félix Contreras / La República

Escudero. Adrianzén hace las veces de abogado de oficio. Foto: Félix Contreras / La República

Para Cairo, las denuncias constitucionales contra la presidenta “son procedentes”. “La actividad parlamentaria de investigación correspondiente se puede realizar válidamente. Pero la votación en la Comisión Permanente de la decisión de acusarla o no ante el Pleno solo podrá realizarse después del 28 de julio del 2026”, señaló. Es decir, la denuncia podría ser admitida —hay un precedente—, incluso sería factible avanzarse en la investigación, aunque no podría ser votada hasta que Boluarte concluya su mandato.

Cabe señalar que los congresistas de Cambio Democrático-Juntos por el Perú presentaron otra denuncia constitucional por no estar acreditado el ejercicio efectivo de la función presidencial entre el 29 de junio y 9 de julio 2023. “Esperamos que la mayoría que recientemente evitó que rinda explicaciones políticas y la protegió de una vacancia sea rigurosa en la aplicación y respeto de la Constitución”, señaló Ruth Luque.

La presidenta Boluarte respondió este martes ante la Fiscalía por la desactivación del equipo policial que prestaba apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop).

Adrianzén: Presidenta es víctima de una persecución

El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, señaló que Dina Boluarte está siendo “víctima de una persecución” que tiene “como base a la Fiscalía de la Nación”. Consideró “intolerable” que conociéndose el “mandato constitucional”, por el cual la presidenta solo puede ser acusada por cuatro supuestos, se haya presentado en su contra una denuncia constitucional. “En un exceso que mella la potestad de la presidenta, que afecta el ejercicio de sus funciones constitucionales, no solo se le ha denunciado por un plazo de 60 días, que ya se venció, sino que se ha ampliado por 80 días esa investigación. Por eso, la defensa pidió un control de plazos y la respuesta fue presentar una denuncia constitucional. Es una persecución que denunciamos y confiamos en que el Legislativo no deje pasar por alto y (la demanda) merezca un rechazo liminar”, sostuvo.

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