Política

¿Qué es la bicameralidad y qué cambios se realizarán en el Congreso?: conoce ventajas y desventajas

A raíz de la reforma aprobada por el Legislativo, los ciudadanos verán una serie de cambios sobre todo en el tema de la elección de los futuros senadores. Las funciones de cada cámara también fueron establecidas.

Congreso aprobó reforma para la aplicación de la bicameralidad en el Perú. Foto: composición LR/Jazmín Ceras
Congreso aprobó reforma para la aplicación de la bicameralidad en el Perú. Foto: composición LR/Jazmín Ceras

En segunda votación, el Congreso de la República decidió restablecer la tarde de este miércoles 6 de marzo la bicameralidad, figura legislativa que estuvo vigente en el Perú hasta abril de 1992, cuando Alberto Fujimori dio su autogolpe. Con 91 votos a favor, los congresistas optaron por las dos cámaras, medida que, además, supone cambios que los ciudadanos deben conocer.

¿Qué es la bicameralidad?

La bicameralidad se define por la existencia de dos cámaras legislativas: la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. El Perú, hasta antes de la implementación de la Constitución Política de 1993, operaba bajo un sistema bicameral. En aquellos años se contabilizaban 180 diputados, en contraste con los senadores, que eran 60 miembros.

La labor de los diputados se centra en la creación de leyes y tienen la facultad de interpelar o censurar a los ministros, siendo esta la cámara donde se lleva a cabo la principal actividad política. Por su parte, los senadores desempeñan el papel de revisores o 'segundo filtro'. Son ellos quienes ratifican o rechazan las propuestas legislativas iniciadas por los diputados, y generalmente se caracterizan por tener una mayor experiencia política. Además, poseen la autoridad para realizar designaciones importantes, como la de embajadores, y para ratificar ascensos militares, entre otros.

¿Qué cambios se realizarán en el Congreso?

En la actualidad, el Parlamento cuenta con 130 miembros y cualquier modificación a este número obliga a realizar una reforma constitucional. No obstante, según el dictamen reciente sometido a votación, establece que el número mínimo de diputados (130) y senadores (60) podría modificarse mediante una ley orgánica, por lo que ya no será necesaria una reforma constitucional.

El periodo legislativo de ambas cámaras se establece en cinco años como ocurre hasta el momento con los congresista, pero la elección de cada cámara se llevará a cabo de manera distinta.

Las elecciones para el caso de los senadores serán por un periodo de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley, "asegurando que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional", lo que significa que en este caso no todos los políticos representarán a determinada región o Limo. En realidad, no importará el lugar su residencia.

Funciones de las cámaras

En cuanto a la Cámara de Diputados conservará el sistema electoral vigente, donde cada diputado es elegido para representar a una región específica.

Lo que también se debe tener en cuenta son las funciones de cada cámara. Esto supone un cambio drástico. Las competencias principales del Senado incluirán la aprobación de tratados internacionales, la elección del contralor general de la República y la ratificación del presidente del Banco Central de Reserva nombrado por el presidente de la República. También estará encargado de ratificar al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

El Senado tendrá la capacidad de nombrar y destituir al defensor del Pueblo, así como de remover a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia y designar a los magistrados del Tribunal Constitucional. Podrá suspender o inhabilitar a los funcionarios que hayan sido acusados por la Cámara de Diputados.

En cuanto a la Cámara de Diputados, mantendrá la facultad de aprobar leyes, las cuales posteriormente deberán ser sometidas a votación en el Senado. Los diputados, además, podrán iniciar investigaciones sobre asuntos de relevancia pública y formular acusaciones contra altos funcionarios —como el presidente de la República, senadores, diputados y magistrados del Tribunal Constitucional— ante el Senado. Además, esta cámara tiene la responsabilidad de "aprobar las propuestas legislativas antes de enviarlas al Senado, conforme a su Reglamento".

Finalmente, la Comisión Permanente se conformará tanto por miembros del Senado como de la Cámara de Diputados.

Ventajas y desventajas de la bicameralidad

El abogado y especialista en derecho parlamentario, César Delgado-Guembes, opinó que la implementación de un Congreso bicameral puede ser una medida conveniente siempre que se justifique su necesidad. Sostiene que un sistema bicameral podría abordar de manera más eficaz problemas relacionados con la representatividad y la administración gubernamental.

"La bicameralidad podría ser beneficiosa, siempre que se definan claramente las responsabilidades que motivan este cambio estructural. Asimismo, es fundamental que los partidos políticos se comprometan a presentar candidatos competentes, capaces de cumplir adecuadamente con sus obligaciones", indicó el abogado durante una conversación con el diario La República.

El abogado constitucionalista Heber Campos destacó que otra ventaja sería la mejora en la discusión de proyectos de ley. Mencionó que "esto garantiza que las iniciativas serán sometidas a un análisis más detallado". Además, resaltó la cuestión de contar con apenas 130 legisladores para atender las necesidades de una población que supera los 33 millones de habitantes.

De otro lado, Delgado-Guembes advirtió sobre las desventajas de adoptar un sistema bicameral sin abordar los problemas existentes en un marco unicameral, lo que podría resultar en un daño económico para el país. "Existe el riesgo de caer en un sistema bicameral plagado de las mismas fallas que uno unicameral, lo que implicaría un aumento en el número de cámaras y, por ende, en el gasto público, sin traducirse en beneficios reales", explicó.

Por otro lado, Campos señaló que las desventajas radican principalmente en dos áreas: "La primera se relaciona con la estructura y funciones propuestas para la Cámara de Diputados o de Senadores. La segunda, con la calidad y motivaciones detrás de las propuestas presentadas". Destacó la importancia de vigilar que las iniciativas no sean impulsadas por intereses particulares.