Antonio Maldonado: “La conducta de Otárola se inscribe en lo que es aceptado como una noción de corrupción”
El exprocurador anticorrupción habla sobre el caso de Alberto Otárola, y señala que su conducta podría configurar delitos como negociación incompatible y patrocinio ilegal.
El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado analiza las implicancias legales del caso Alberto Otárola. Señala que el Ministerio Público ha actuado correctamente al iniciarle una investigación por los presuntos delitos de negociación incompatible y patrocinio ilegal. Sostiene que Yaziré Pinedo es una “víctima”.
-¿Qué delitos se estarían configurando en el caso de Alberto Otárola?
-Hay una conducta que tiene relevancia jurídica-penal. No solo es una conducta que puede vulnerar el código de conducta de los funcionarios o preceptos éticos, sino que alcanza a configurarse como un ilícito penal. Vemos una relación asimétrica entre un señor con mucho poder y una señorita que, al parecer, viene siendo objeto de actos de seducción y acoso. De lo que se sabe hasta ahora, la conducta de Otárola se inscribe en lo que es aceptado como una noción de corrupción.
-¿Por qué?
-Hay un marco jurídico que establece el deber de un funcionario de actuar con integridad y en defensa de la administración del Estado. En el caso de Otárola, hay búsqueda de un beneficio extraposicional. Es decir, aparentemente se trataría de un beneficio de naturaleza sexual. Y, además, es una conducta que se hace en el marco del secreto. Otárola negó en varias oportunidades...
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-Haber conocido a Pinedo.
-Exactamente. Entonces, estamos frente a la noción comúnmente aceptada de lo que es la corrupción pública: la violación de un marco normativo de referencia, la búsqueda de un beneficio extraposicional, falta de transparencia. No necesariamente la conducta tiene que ser delito; pero, aun así, hay presunta corrupción pública.
-¿Qué se configuraría de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico?
-Me complace mucho la respuesta del fiscal de la Nación que, con cautela y prudencia, ha hablado de la posibilidad de la comisión de dos delitos.
-Negociación incompatible y patrocinio ilegal.
-Así es. La conducta que se sanciona en la negociación incompatible es interesarse indebidamente. Y en el patrocinio ilegal, lo que se sanciona es la promoción, la intervención. No todas estas figuras encuadran perfectamente en la conducta de Otárola. Por ejemplo, el patrocinio ilegal no exige para su consumación un beneficio en particular. Y acá sabemos que ha habido un beneficio. Lo que ocurre es que, como en otros casos, estamos ante un Código Penal que, hasta hoy, no ha sido actualizado y las conductas delictivas presuntamente cometidas...
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-¿No calzarían del todo?
-Hay que encuadrarlas con dificultades. Esto es responsabilidad sobre todo del Congreso, que jamás ha hecho esta reforma integral del Código Penal, adecuándolo a estándares internacionales. Por eso, lo que se necesita del Ministerio Público es una intervención técnica, porque si se le abre un caso (a Otárola) metiendo todos los delitos que los colegas han estado mencionando, como tráfico de influencias, colusión...
-¿No se llegará a nada?
-Se debilitará el caso. Por eso, me parece muy bien que la Fiscalía, que es la entidad técnica en persecución penal, haya mencionado estos dos tipos penales. Lo que no impide que en las investigaciones que se desarrollen puedan incorporarse otros adicionales, siempre y cuando sean pertinentes. A mí todavía no me cuadra, por ejemplo, la colusión agravada, que ha sido mencionada por ahí, porque el fin de Otárola no fue defraudar al Estado. El propósito habría sido beneficiarse sexualmente de una relación. Más bien, estaríamos hablando de acoso sexual.
-¿Cuál sería le pena de comprobarse los delitos mencionados por la Fiscalía?
-La pena por patrocinio ilegal es ínfima, no supera los dos años. De nuevo, seguimos enredados en un ordenamiento jurídico legal que sigue siendo pobre en materia de sanciones, por ejemplo. Y todo eso es atribuible a los congresistas, desde la recuperación de la democracia a la fecha.
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-Pinedo dijo que el video es del 2021. ¿La defensa de Otárola podría argumentar que él no era funcionario cuando ocurrieron los hechos?
-Me parece que es una estrategia de defensa, pero muy precaria y muy burda. Todo hace indicar que no es así, que todo esto pasa cuando él era o ministro de Defensa o premier. Tanto es así que sería un enfoque incorrecto lo que usted menciona que el despacho del fiscal de la Nación ya ha abierto una investigación. Nadie creerá que el fiscal —que me parece una persona seria— sería tan irresponsable de dejar un flanco tan débil.
-Pinedo también ha mencionado que el video ha sido editado. Si se comprobara que fue así, ¿seguiría funcionando como prueba?
-Mire, el Ministerio Público tiene el deber de verificar y garantizar que los medios que ofrece para su verificación y proceso cumplen todos los requisitos para su validez probatoria. Por tanto, nuevamente me remito a la decisión del fiscal. La Fiscalía, como entidad técnica, nos está diciendo que hay elementos como para presumir la comisión de delitos. Y uno de esos elementos es el video. Dudo que se lancen a la pesca, a la aventura. Hay que decir que lo de la manipulación es otro argumento clásico de defensa. Recordará, en casos previos también se ha hablado de audios o videos manipulados.
-¿Pinedo podría tener complicaciones legales?
-Podría, podría, aunque a mí me parece que es más una víctima de Otárola. Respecto a esas declaraciones que ha brindado, sería ingenuo pensar que las ha hecho de motu propio (por propia iniciativa). Por supuesto que ahí habría un asesoramiento. ¿Y de dónde vendría? Es fácil sacar la conclusión que vendría del propio Otárola.