Otárola justifica decreto que permite a la PNP realizar investigaciones: “A veces, los fiscales tardan en llegar”
El presidente del Consejo de Ministros respaldó el decreto de ley que emitió el Poder Ejecutivo para otorgar mayor facultad a la Policía en investigación del delito.
El presidente del Consejo de Ministros respaldó decreto que ofrecerá a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de realizar investigaciones preliminares de delitos sin necesidad de contar con la autorización fiscal. Alberto Otárola expresó su acuerdo con el decreto que emitió el Gobierno de Dina Boluarte para realizar cambios en el Código Procesal Penal. En declaraciones a la prensa, manifestó que la propuesta por parte del Ejecutivo se da por diferentes motivos y uno de ellos es que "a veces, los fiscales tardan en llegar" al lugar donde ocurren los delitos.
"Hay algo que ha estado pasando y es que se produce el delito y, a veces, los fiscales tardan en llegar. Y como son los titulares de la investigación penal se pueden retrasar las investigaciones y pueden alterarse los medios probatorios", indicó el primer ministro.
Asimismo, Otárola también se refirió al pronunciamiento de la Junta de Fiscales Supremos. En este comunicado, se informó que vienen evaluando la interposición de acciones legales a fin de hacer prevalecer el rol constitucional asignado al Ministerio Público, a raíz de la publicación de los decretos legislativos del 21 de diciembre que modifican el Código Procesal Penal. Al respecto, los cambios a este cuerpo legal permiten que la Policía Nacional del Perú pueda investigar delitos por cuenta propia y, así, agilizar diligencias preliminares que antes estaban a cargo de un fiscal.
¿En qué consiste el decreto que permitirá a la PNP actuar sin orden de un fiscal?
El ministro del Interior, Víctor Torres, manifestó que el decreto legislativo “fortalecerá el trabajo de la Policía en la etapa de investigación del delito”. Por su parte, un oficial de la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri) explicó para este medio que "la Policía ahora iniciará la investigación de un caso o hará una captura sin esperar la orden del fiscal".
La medida que proviene del Ejecutivo plantea la modificación del artículo 159 de la Constitución, inciso 4. Este artículo indica lo que corresponde al Ministerio Público en siete incisos que compartimos a continuación:
Artículo 159 de la Constitución Política del Perú. Foto: captura de documento del Congreso