Política

Corte IDH recuerda que no se debe liberar a Alberto Fujimori

Imposibilitado. Corte Interamericana pide al Estado peruano un informe sobre el cumplimiento de su mandato, el cual pide no implementar el fallo del TC que valida el cuestionado indulto que dio Kuczynski al exdictador. Abogado dice que hoy juez puede favorecerlo.

Fuero. Esta instancia jurídica internacional aguarda recibir el informe del gobierno respecto al cuestionado indulto al exdictador Alberto Fujimori. Foto: difusión
Fuero. Esta instancia jurídica internacional aguarda recibir el informe del gobierno respecto al cuestionado indulto al exdictador Alberto Fujimori. Foto: difusión

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) recordó al Estado peruano su mandato que prohíbe liberar al expresidente Alberto Fujimori, preso por delitos de lesa humanidad, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) resolvió que no debía aclarar su fallo del 2022 que consideró válido el cuestionado indulto concedido al exdictador.

En un oficio, esta corte pide al Perú un informe de la situación “sobre lo ordenado” por ella el 7 de abril del 2022, cuando le indicó que “debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo del 2022, que restituye los efectos del indulto ‘por razones humanitarias’ concedido a Alberto Fujimori” a fines del 2017.

La Corte IDH dio plazo hasta el 6 de diciembre para que el Gobierno le remita este informe.

El fuero internacional hizo este requerimiento tras recibir comunicaciones de representantes de víctimas de crímenes del fujimorato, que alertaron de la posibilidad de excarcelación al exmandatario ante el reciente pronunciamiento del TC.

A esto se ha sumaron y las expresiones de su presidente, Francisco Morales, quien adujo que esta resolución del TC dispone la liberación del reo, aunque otros magistrados y expertos sostienen que es inviable.

En su reciente resolución, el TC deniega pedidos de aclaración sobre su fallo del 2022 que concedió un habeas corpus, recurso judicial que pretendía que reviva el indulto que recibió Fujimori en diciembre del 2017 por decisión del entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski. Este beneficio había sido luego anulado por el Poder Judicial por graves irregularidades detectadas en el procedimiento.

El TC considera que no tiene que aclarar su decisión de conceder el habeas corpus, como se le solicitaba. Esto ha sido interpretado por sectores afines a Fujimori como validación del indulto que lo saque de prisión.

Sin embargo, la Corte IDH ordenó no implementar ese indulto porque la decisión del TC “no cumplió con las condiciones determinadas” sobre el “cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta”, las matanzas por las que cumple condena judicial Fujimori.

El Poder Judicial comunicó que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Ica, donde se inició el habeas corpus que luego llegó al TC, recibió 990 folios del expediente del caso Fujimori, y que el juez a cargo, Vicente Fernández Tapia, “resolverá el caso dentro del plazo solicitado”.
En tanto, el abogado de Fujimori, Elio Riera, llegó hasta Ica y aseguró que el juez resolvería este asunto este mismo viernes.

“Confiamos que el día de mañana (hoy), según nos han indicado, se resuelva este pedido. Entonces, nosotros como defensa tendremos que continuar con esto y acudiremos el día de mañana (hoy), en horas de la tarde, para dar viabilidad a nuestro pedido”, dijo a la prensa.

En la Diroes, simpatizantes de Fujimori otra vez reclaman su liberación, mientras se afecta a los deudos del fujimorato.

Caso en manos de cuestionado juez de Ica

El juez Vicente Fernández Tapia, que tiene le caso del habeas corpus de Alberto Fujimori, ha tenido sanciones disciplinarias en la autoridad de control del Poder Judicial. En un caso, se le sindicó de haber liberado indebidamente a un supuesto integrante de ‘La Sagrada Casta de Ica’, organización criminal investigada por asesinato, narcotráfico, robo agravado, asociación ilícita para delinquir y extracción ilegal de especies acuáticas.

Se solicitó su destitución y fue suspendido un tiempo. La Junta Nacional de Justicia (JNJ) concluyó que cometió falta grave, pero no lo destituyeron aduciendo que no correspondía.