Política

Elecciones 2022: JNE reitera que ‘elecciones internas complementarias’ no son válidas

Acuerdo. Ratifica que ley del Congreso que promueve elecciones complementarias en los partidos va contra la Constitución. Alertan que APP, Perú Libre y el movimiento Áncash a la Obra contravienen al sistema electoral.

Ilegales. APP es una de las organizaciones políticas que desacatan al JNE e insisten con su proceso interno complementario. Foto: difusión
Ilegales. APP es una de las organizaciones políticas que desacatan al JNE e insisten con su proceso interno complementario. Foto: difusión

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó, por acuerdo de su pleno de cinco magistrados, que son nulas las elecciones internas de partidos y movimientos que se realicen fuera del plazo establecido por esta máxima entidad electoral, pero algunas organizaciones políticas lo desacatan y realizan sus comicios complementarios.

Por unanimidad, los magistrados del JNE ratificaron sus cuestionamientos a la Ley 31481, que dio el Congreso por insistencia para ampliar un plazo de presentación de candidatos y permitir que los partidos y movimientos hagan elecciones internas complementarias. Consideran que esta norma vulnera el derecho de participación e igualdad y los principios de seguridad jurídica, intangibilidad, preclusión y no retroactividad.

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El acuerdo del JNE destaca que cuando se publicó esa ley, el 25 de mayo, las elecciones internas ya se habían hecho de modo satisfactorio conforme al cronograma y, por tanto, esa etapa ya había precluido: no se podía hacer lo mismo luego.

“Desconocer los resultados de las elecciones internas efectuadas significaría una grave vulneración de derecho fundamental a la participación política”, dice el acuerdo del pleno.

“...al haberse llevado a cabo las elecciones internas en todas las provincias y distritos del país, no existe el supuesto para (hacer) complementarias”, añade.

Reitera que “no es viable el cambio de reglas estando en curso un proceso electoral” por el estricto principio de intangibilidad de las normas electorales.

Además, resalta que la Constitución establece que las leyes no tienen efectos retroactivos.

Sostiene que el JNE ejecuta leyes compatibles con la Constitución y que esta norma no lo es.

JNE.

Votos. Un postulante formará parte del Pleno del organismo. Foto: Félix Contreras / La República

Desacatan

Algunas organizaciones políticas han realizado elecciones internas complementarias en desacato a la posición del JNE y de todo el sistema electoral.

Alianza para el Progreso (APP) es el partido más visible en esta resistencia ante el JNE.

“El Jurado debe cumplir la ley. Estamos alistando una acción de amparo (recurso judicial) y esperamos que el Congreso haga una acción de cumplimiento”, dice Marisol Espinoza, gerenta de APP y excongresista.

Perú Libre hizo elecciones internas complementarias ayer.

“Nos hemos acogido a la ampliación. Fue para algunas listas que faltaban inscribir. El Jurado tiene derecho a tener su posición y nosotros a hacer lo necesario para defender la nuestra. Veremos en su momento la estrategia”, aduce Ana Córdova, personera nacional del partido.

En Somos Perú se hizo elecciones complementarias en tres distritos de Ayacucho y Huancavelica, pero ante el acuerdo del JNE, estas se anularían, según fuentes de este partido político.

En Áncash, un movimiento regional hizo elecciones complementarias: Áncash a la Obra, de Roberto Briceño, actual alcalde de la provincia del Santa.

En Acción Popular, el comité electoral anuncio que iban a hacer elecciones hoy, pero luego anuló su convocatoria “al haberse determinado la imposibilidad de (tener) asistencia técnica de los organismos electorales”.

Choque de criterios electorales

Solo APP y Áncash a la Obra habían pedido al JNE que participe en sus complementarias. Perú Libre solo le informó de sus comicios adicionales. La ley establece que el JNE debe participar.

APP esgrime un fallo del TC que declara fundado el reclamo de una excandidata del PPC, Lidia Aldana, que quedó fuera del proceso electoral del 2021 por un registro considerado fuera de plazo por el JNE. La entidad electoral ha pedido nulidad de este fallo aduciendo que valida información equivocada.

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