Política

Aprueban reglamento de gestión de los JEE para las Elecciones Regionales y Municipales 2022

El Jurado Nacional de Elecciones dispuso una normativa que establece los mecanismos de funcionamiento de los Jurados Electorales Especiales para los próximos comicios.

El Jurado Nacional de Elecciones está encabezado por un Pleno de cinco miembros elegidos por diferentes instancias. Foto: composición de Jazmín Ceras/La República
El Jurado Nacional de Elecciones está encabezado por un Pleno de cinco miembros elegidos por diferentes instancias. Foto: composición de Jazmín Ceras/La República

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales (JEE) para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 en el contexto de la emergencia sanitaria. A través de la Resolución 12-2022-JNE, el ente electoral estableció los mecanismos de funcionamiento para los órganos temporales que se encargarán de supervisar y controlar las actividades de gestión jurisdiccional, fiscalizadora y administrativa en los próximos comicios.

Al respecto, la normativa es refrendada por José Luis Salas Arenas, presidente del JNE, Martha Maisch Molina, Jovián Sanjinez Salazar y Vicente Sánchez Villanueva, integrantes del Pleno del organismo rector electoral. El reglamento, que fue publicado este viernes 28 de enero en el Diario Oficial El Peruano, consta de 14 puntos, cuatro disposiciones finales y dos anexos.

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Las disposiciones son de observancia obligatoria para los presidentes e integrantes de los JEE, así como también para el personal que presta servicios en estos órganos temporales y, por último, para los funcionarios y colaboradores del JNE que desarrollan actividades vinculadas con estas oficinas, según indica el alcance del reglamento.

Asimismo, el documento define el calendario de cierre los Jurados Electorales Especiales. Allí se señala que “culmina su función jurisdiccional el día programado para la última entrega de credenciales. Luego de dicho acto, se levanta un acta de cierre de la función jurisdiccional y el JEE se desactiva como órgano colegiado. En ese momento culmina la función de los miembros del JEE y la prestación de servicios del secretario y asistentes jurisdiccionales”.

Por último, se establece un plan para la prevención y control de la COVID-19 durante el desempeño de los JEE en el proceso electoral. Los lineamientos —señala el reglamento— son de carácter obligatorio para el personal de estos órganos temporales.

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