Política

JNE solicita al Congreso considerar acuerdo del organismo sobre el referéndum

La entidad electoral solicitó a la titular del Parlamento, María del Carmen Alva, tomar en cuenta el acuerdo de la institución para seguir convocando al referéndum.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) solicitó al Congreso de la República considerar el acuerdo del organismo electoral donde señala que la propia institución posee “la idoneidad técnica para seguir convocando a todo referéndum, incluyendo el de reforma constitucional”.

Esto a raíz del dictamen aprobado en la Comisión de Constitución del Parlamento para la insistencia de la autógrafa de ley que establece que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Legislativo antes de que sea sometida a referéndum.

En efecto, por medio del oficio n.° 021-2022-P/JNE, la entidad electoral exhortó a la titular del Legislativo, María del Carmen Alva, tomar en cuenta el acuerdo del Pleno del JNE, ya que dicho dictamen solo recoge “parcialmente” el citado acuerdo tomando en cuenta “únicamente” lo indicado sobre el artículo 40, pero no lo propuesto para el artículo 44 de la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos (LDPCC).

Según sostuvo el JNE, esta autógrafa deja de lado el acuerdo donde se propone que se mantenga el texto vigente del artículo 44 de la LDPCC o adoptarse la redacción sugerida por el organismo, según la cual corresponde a esta entidad la citada potestad, frente a la modificatoria planteada en el predictamen para que sea el presidente de la República quien convoque al proceso, por disposición del Parlamento.

“Al no ser el referéndum un proceso de calendario fijo, en cuyo caso sí es atribución del primer mandatario efectuar la convocatoria, dicha modificatoria no sería favorable, ya que es el organismo electoral el que posee la especialidad para evaluar diversos aspectos técnicos, incluida las actividades previas al acto electoral, con el propósito de determinar la fecha adecuada para los comicios”, sostiene la entidad electoral.

En ese sentido, el JNE menciona que su idoneidad “cobra más fortaleza” si se tiene presente que, en su artículo 45, la LDPCC reconoce que la convocatoria a procesos electorales para el ejercicio de derechos políticos “puede ser postergada por la autoridad electoral en caso de la proximidad de elecciones generales, regionales o municipales”.

Por otro lado, la modificación planteada en el predictamen aprobado por el grupo de trabajo que lidera Patricia Juárez (Fuerza Popular) consiste en señalar que “no procede un referéndum de reforma constitucional, si no se cumple con lo establecido en el mencionado artículo 206 de la Constitución, el organismo electoral refiere que la inclusión de la propuesta no contraviene a la norma fundamental”.

Es así que el JNE pide al Congreso y la Comisión de Constitución considerar este criterio adoptado en el Pleno de la institución.