Renovación Popular plantea suspender inscripción de partidos si tienen directivos condenados por corrupción
El legislador Alejandro Muñante propuso modificar el artículo 11-A e incorporar el artículo 25-A en la Ley de Organizaciones Políticas para prevenir actos de corrupción en los partidos.
La bancada de Renovación Popular ha presentado un proyecto de ley que plantea suspender la inscripción de los partidos políticos que tengan en su plana directiva o en los órganos de gobierno a alguna persona condenada en primera instancia por delitos de corrupción.
La propuesta fue impulsada por el parlamentario Alejandro Muñante, quien compartió su iniciativa a través de su cuenta de Twitter. El legislador propone modificar el artículo 11-A e incorporar el artículo 25-A en la Ley de Organizaciones Políticas, con la finalidad de prevenir actos de corrupción en los partidos.
“La presente iniciativa tiene como objetivo establecer y asegurar que las personas con sentencia condenatoria en primera instancia por corrupción de funcionarios estén impedidas de ejercer cargos en los órganos de gobierno y/o directivos en los partidos y organizaciones políticas”, escribió Muñante en redes sociales.
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Ley de Partidos Políticos
Actualmente, la Ley de Partidos Políticos contempla las siguiente causales para la suspensión de la inscripción:
- Si tiene un número de comités en funcionamiento por debajo del mínimo.
- Si la organización política no mantiene el número mínimo de afiliados exigido para su inscripción seis meses antes de la fecha límite para efectuar la convocatoria a cada proceso electoral.
- Si incumple con remitir el listado de comités partidarios y la relación actualizada de sus integrantes.
En ese sentido, si se aprobara el proyecto tal como lo presentó Muñante, el plazo de suspensión del partido político no sería menor de un año ni mayor de dos. Para otras causales, la sanción correspondería a un máximo de 12 meses.
Asimismo, la propuesta indica que luego de entrar en vigencia la iniciativa, las personas con cargos directivos en las organizaciones políticas deberán presentar una declaración jurada de no tener una condena por corrupción y aquellos grupos que sí mantengan a sentenciados por corrupción tendrán un plazo de 15 días calendario para separarlos del cargo bajo sanción de suspensión.