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Política

Dictan otra prohibición de viajes al exterior a socios de GyM, ICCGSA y JJC

Por Interoceánica Sur. Empresarios ya cumplen impedimento de salida del país y restricciones desde el 2019 por caso Metro de Lima. Desde ahora, cumplirán las mismas medidas por Interoceánica Sur.

Investigación. Una vez más fue aceptado el requerimiento del Equipo Especial Lava Jato, liderado por el fiscal Rafael Vela. Foto: difusión
Investigación. Una vez más fue aceptado el requerimiento del Equipo Especial Lava Jato, liderado por el fiscal Rafael Vela. Foto: difusión

Ante un nuevo pedido del Equipo Especial Lava Jato, el juez Richard Concepción Carhuancho dictó prohibición de viajes al exterior y fuera de Lima a los cinco principales gerentes de las empresas constructoras Graña y Montero, ICCGSA y JJC.

La medida se tomó en la investigación sobre pago de sobornos y lavado de activos en la construcción de la carretera Interoceánica Sur, durante el Gobierno del expresidente Alejandro Toledo.

La prohibición de viajes fue impuesta a los empresarios de la construcción José Graña Miroquesada, Hernando Graña Acuña, Fernando Camet Picone, José Castillo Dibós y Gonzalo Ferraro Rey y tendrá una duración de 18 meses.

Además, se les prohíbe reunirse con testigos, otros investigados y peritos de este proceso y se les ordena acudir al juzgado cada 30 días a reportar sus actividades y verificar que no han viajado.

En el caso de Camet Piccone, cumplirá esta última medida de manera remota, al encontrarse radicando actualmente en España.

Igualmente, en el plazo de 30 días deberán depositar una caución (fianza) de 350.000 soles por parte de Camet Picone; 300.000, Graña Miroquesada; 200.000, Graña Acuña; y 100.000, cada uno, Castillo y Ferrero Rey.

La lectura de la resolución que impone estas medidas se leyó en una audiencia virtual que tuvo una extensión de unas ocho horas.

En su resolución, Concepción Carhuancho señaló que no imponía una caución mayor teniendo en cuenta que ellos ya han depositado otras fianzas de hasta un millón de soles, en otros procesos, con el mismo fin, el de evitar una posible fuga o entorpecimiento de la investigación.

Lava Jato

El magistrado recogió la mayor parte de los argumentos del Equipo Especial Lava Jato para dictar la medida: suficiente actividad probatoria de los delitos de colusión y lavado de activos, lo que hace prever que se dictará contra ellos una sentencia condenatoria, de entre 11 a 20 años de prisión efectiva, por lo que podría buscar huir del país.

De acuerdo con la Fiscalía, los mencionados empresarios habrían cometido el delito de colusión al aceptar y participar en la decisión de la constructora brasileña Odebrecht de pagar un soborno al expresidente Toledo, por los contratos de construcción de los tramos 2 y 3 de la Interoceánica Sur.

En tanto, habrían cometido lavado de activos al utilizar parte de las utilidades de su participación en dicho proyecto vial, para restituir a los brasileños el dinero que habían utilizado para el pago de los sobornos. Esta “restitución” se hizo bajo el concepto de riesgos adicionales y superó los 11 millones de soles.

En proceso de colaboración eficaz

Los directivos de Graña y Montero, JJCamet e ICCGSA se han acogido al proceso de colaboración eficaz y vienen entregando información a la Fiscalía sobre su participación en actos de corrupción en el Estado.

De acuerdo con un peritaje realizado por especialistas de la Fiscalía, el accionar de las constructoras peruanas generó un perjuicio al Estado de más de US$535 millones, como consecuencia del pago de sobornos para acceder a los proyectos de construcción.