COVID-19: Congreso aprueba distribución gratuita de futura vacuna
Medida también alcanza a los medicamentos contra la pandemia, así como para otras emergencias sanitarias. Proyecto deberá someterse a segunda votación del Pleno.
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El Pleno del Congreso aprobó en primera votación el texto sustitutorio que declara la distribución gratuita de la futura vacuna contra el nuevo coronavirus (COVID-19) en el Perú.
Con 113 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención, los legisladores respaldaron en la sesión de este jueves el proyecto consensuado por las bancadas que declara de necesidad e interés público la adquisición de las inmunizaciones. Este deberá someterse a una segunda votación la próxima semana.
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El propuesta aprobada consideró como bien esencial las vacunas así como los medicamentos que permitan curar y prevenir el nuevo coronavirus, y otras enfermedades clasificadas como pandemias.
Martín Vizcarra aseguró que hacen su mayor esfuerzo para obtener la vacuna contra la COVID-19 en el primer trimestre de 2021. Foto: Presidencia
La iniciativa tiene por objetivo "garantizar el acceso a todas las personas y en particular a la población vulnerable al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV-2, así como de las emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud”.
COVID-19: Distribución obligatoria, gratuita y universal
De acuerdo al texto sustitutorio, los medicamentos y las futuras vacunas que combatan a la COVID-19 y otras pandemias, deberán ser entregadas a todos las peruanas y peruanos de manera gratuita y obligatoria.
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Añaden además que el Ministerio de Salud establecerá un esquema de vacunación con participación de los Gobiernos Regionales y de los sectores de la salud para garantizar el acceso y cobertura.
Para esto, señalan, que se debe fortalecer el primer nivel de atención de salud pública y asegurar la cadena de frío a nivel nacional para garantizar una vacunación segura.
Agregan que el Poder Ejecutivo, con la suscripción de la cartera de Salud y de Economía, se encargará del reglamento para ejecutar las disposiciones en un plazo no mayor a los 30 días calendario, desde que se promulgue la norma.
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