Política

Merino sobre retiro del 25 % de las AFP: “No creo que Vizcarra observe la autógrafa”

El Poder Ejecutivo recibió la autógrafa de esta ley el último lunes 6 a la espera de la promulgación por parte del mandatario Martín Vizcarra.

Manuel Merino se reunió con el presidente Martín Vizcarra el pultimo miércoles en Palacio de Gobierno. Foto: Congreso.
Manuel Merino se reunió con el presidente Martín Vizcarra el pultimo miércoles en Palacio de Gobierno. Foto: Congreso.

El presidente del Congreso, Manuel Merino, consideró este martes que el jefe de Estado, Martín Vizcarra, no observará la autógrafa de la ley que permitirá el retiro hasta del 25 % de los fondos de las AFP.

En declaraciones para TV Perú, el legislador manifestó que el destino de esa norma está en manos del mandatario, ya que, de presentar alguna observación a la misma, regresará la autógrafa al Parlamento.

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“Ya tenemos una ley aprobada, y ahora está en manos del mandatario. Yo no creo que el presidente Vizcarra la observe dada la gran necesidad que tiene la población”, expresó.

Asimismo, Merino de Lama comentó que, en caso Vizcarra Cornejo “se tome hasta el último día” para decidir sobre este tema, esta se conocería “a finales de mes”.

Tras ello, el titular del Congreso recordó que esta ley fue aprobada en una “abrumadora” sesión del Pleno y que contó con el respaldo de la mayoría de bancadas.

Además, en esa sesión parlamentaria también se aprobaron las leyes sobre el control concurrente, que permitirá que la Contraloría General de la República supervise a los tres niveles de gobierno respecto el uso de recursos destinados para atender la emergencia por la propagación del coronavirus (COVID-19); y la suspensión del cobro de peajes.

Las tres autógrafas fueron remitidas el último lunes 6 a Palacio de Gobierno para que Martín Vizcarra promulgue las leyes.

Horas después de su recepción, el jefe de Estado promulgó la referida al control concurrente, documento que fue publicado en una edición extraordinaria del diario El Peruano.

De acuerdo a la Constitución, el mandatario tiene la facultad de promulgar u observar los proyectos de ley enviados por el Congreso en un plazo de 15 días. Si el presidente no actúa pasado este período, el Parlamento puede promulgarlo por mandato de la Mesa Directiva.

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