Política

Excongresistas tendrán inmunidad solo hasta el 30 de octubre

En cuenta regresiva. Prerrogativa que protegía a exlegisladores de ser procesados, juzgados y condenados por la justicia, se extinguirá tras la disolución del Congreso.

Fuerza Popular. Foto: La República.
Fuerza Popular. Foto: La República.

Todo tiene su final. Y a la inmunidad parlamentaria de que gozaban los excongresistas, antes de que el presidente de la República, Martín Vizcarra, disolviera el Congreso, este le llegará dentro de un mes.

Así lo señala clara y expresamente la Constitución Política del Perú en su artículo 93: que la prerrogativa del fuero legislativo, una vez concluido el periodo congresal, solo se mantiene vigente hasta treinta días después del final del mandato.

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En términos específicos, el artículo 93 de la Carta Magna dice que los parlamentarios en funciones “no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones”.

Por ello, tomando en cuenta que el jefe del Estado, Martín Vizcarra, decidió disolver el Congreso el 30 de setiembre, luego de que este poder del Estado le negara la confianza al gabinete que dirigía Salvador del Solar, a los ahora exparlamentarios solo les queda 30 días del privilegio constitucional.

Esto quiere decir que desde el 31 de setiembre próximo, los excongresistas que tenían problemas con la justicia y que no podían ser procesados, juzgados ni condenados, estarán desde ese momento habilitados para comparecer ante los tribunales.

Sin embargo, es preciso señalar que esta situación no será así para todos los exlegisladores, pues vale recordar que tras la disolución del Congreso, acorde a la Constitución, queda aún en funciones la Comisión Permanente.

Por ello, lo preciso es que de los 130 exparlamentarios, solo 103 perderán su inmunidad a finales de octubre próximo, mientras que los restantes 27 lo harán luego de que se instale el nuevo Congreso, que deberá ser elegido el próximo 26 de enero, conforme a lo decretado por el presidente Martín Vizcarra, apegándose a la Constitución.

¿Y la reforma para modificar la inmunidad?

Meses atrás, como parte de la reforma política que impulsa, el Ejecutivo planteó al Congreso un proyecto de reforma constitucional para modificar el artículo 93 de la inmunidad parlamentaria, a fin de que sea otra entidad la que determine el levantamiento del fuero legislativo y no el mismo Parlamento, que actuaba como juez y parte y orquestaba blindajes.

La propuesta, que junto a las demás de la reforma política, fue acompañada con una cuestión de confianza, fue finalmente aprobada en el Congreso. Sin embargo, dado su carácter constitucional, la Constitución señala que esta medida debe ser aprobada en dos legislaturas o, en todo caso, de ser ratificada en referéndum por la ciudadanía.

La primera votación se consiguió durante la gestión de Daniel Salaverry. La segunda correspondía aplicarse en la gestión del expresidente del Congreso Pedro Olaechea. El tema, no obstante, nunca se puso en agenda. Y ahora que el Legislativo fue disuelto, le tocará a la siguiente representación nacional votar la reforma para modificar la inmunidad parlamentaria.

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